Monitoreo de la implementación de Ley de etiquetado frontal
En primer lugar, el estudio fue realizado en el marco del proyecto financiado por Bloomberg Philanthropies “Advocating for the enactment of regulatory norms for the Healthy Food Promotion Law in Argentina: a multicomponent and collaborative project”, que tiene como objetivo promover la implementación efectiva de la ley de Promoción de la Alimentación Saludable en Argentina.
La Fundación InterAmericana del Corazón (FIC Argentina) estuvo a cargo.
En ese sentido, realizaron un relevamiento sistemático durante los meses de enero y febrero de 2023 para identificar productos alimenticios y/o bebidas analcohólicas con sellos de advertencia y detectar posibles incumplimientos a la Ley de etiquetado frontal.
Recordemos que uno de los aspectos más destacados de la Ley tiene que ver con los sellos de advertencia que indican que el producto presenta niveles excesivos de nutrientes críticos y/o valor energético en relación a determinados indicadores.
En concreto, los aspectos que se evaluaron fueron los siguientes:
- Posición en la góndola de los envases con sellos
- Presencia de promociones de productos con sellos en los puntos de venta
- Presencia de sellos de advertencia correspondientes a la normativa argentina
- Ubicación y tamaño de los sellos en los envases
- Correspondencia entre los sellos colocados y la información nutricional declarada
- Presencia de publicidad en envases con sellos
- Presencia de claims en envases con sellos
- Presencia de logos de aval de sociedades científicas y asociaciones civiles en envases con sellos
- Incorporación en la tabla nutricional de azúcares totales y añadidos
Para llevar adelante el estudio, la FIC Argentina informó que tres recolectores debidamente capacitados visitaron seis supermercados ubicados en distintos barrios de la Ciudad de Buenos Aires (Balvanera, Palermo y Recoleta), correspondientes a grandes cadenas y comercios de cercanía. Luego, realizaron el análisis de datos.
Incumplimiento en los envases
De acuerdo con los resultados del estudio, en total se identificaron 105 productos con sellos de advertencias y/o leyendas precautorias; de los cuales, 15 productos (14%) tenían etiquetado frontal que "no se corresponde con la normativa argentina", es decir, se identificaron sellos de advertencias de otros países de la región.
En cuanto a los otros 90 productos, se identificaron incumplimientos a la Ley en los siguientes aspectos y porcentajes:
- Incumplimiento en el tamaño del sello (19%)
- Presencia de sellos que no se encuentran en la cara principal (12%)
- Sellos ubicados incorrectamente en la cara principal (9%)
- Presencia de claims en productos etiquetados (4%)
La FIC Argentina agrega que también se detectaron envases con más de una cara principal y, en ciertos casos, los sellos no se encontraron colocados en cada una de ellas.
Incumplimiento en los puntos de venta
Estos probablemente sean los resultados más marcados. Según el estudio, "el 83% de los supermercados (es decir, en 5 de los 6 relevados) se detectó incumplimiento respecto a la disposición de productos en la góndola".
Esto quiere decir, según la FIC Argentina, que se hallaron productos cuyos sellos no estaban visibles al consumidor sin que se deba dar vuelta el envase (por ejemplo, en botellas de gaseosas y frascos de mermeladas).
Además, en el 67% de los supermercados (4 de los 6 relevados) se encontraron promociones asociadas al precio (como “15% de descuento” y “50% de descuento en la segunda unidad”) en productos con sellos, lo cual también evidencia un incumplimiento a lo dispuesto en la Ley, advierten.
Conclusiones de la FIC Argentina
Tomando en cuenta los resultados del estudio acerca de la puesta en marca de la Ley de etiquetado frontal, la FIC Argentina concluyó que "en la primera etapa de implementación existen numerosas infracciones a la misma".
Dentro de las analizadas en este estudio se destacan las relacionadas a la exhibición de productos en los puntos de venta y en relación a los envases, lo relativo al tamaño y la ubicación de los sellos y leyendas precautorias.
Por tal motivo, enfatizan:
Resulta esencial que el Estado adquiera un rol activo tanto en la fiscalización y control de la ley, así como también respecto a la imposición de las sanciones correspondientes en los casos que infrinjan la norma. Resulta esencial que el Estado adquiera un rol activo tanto en la fiscalización y control de la ley, así como también respecto a la imposición de las sanciones correspondientes en los casos que infrinjan la norma.
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