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Tal como ocurrió con combustibles, prepagas y hasta colegios privados, los aumentos que se vienen autorizando son por varios meses consecutivos, de menor valor, pero acumulativos.
"En aquellos casos en los que algún usuario o usuaria no abonare su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras deberán abstenerse de computar los plazos legales vigentes para proceder a la suspensión del servicio ni aplicar, con causa en dichas facturas, las demás disposiciones vigentes", finalizó.
Previo a esta normativa, el último aumento autorizado había sido el de la Resolución 2494/2022, en la que le daba permiso a las licenciatarias a aplicar una suba en precios minoristas de hasta 4% desde el 1º de enero de 2023, sobre el valor vigente al 31 de diciembre de 2022.
A partir del 1º de febrero, se sostuvo el 4% permitido, mientras que el 1º de marzo y el 1º de abril ese aval descendió al 3,5% cada mes.
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