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El gobierno de Javier Milei declaró la emergencia nacional por inundaciones, granizo y enfermedades

El Gobierno de Javier Milei declaró la 'Emergencia nacional' por inundaciones en 12 partidos de Buenos Aires, y en La Pampa, por granizo y enfermedades.

El Gobierno Nacional de Javier Milei publicó este jueves dos resoluciones a través de las cuales declaró la emergencia agropecuaria nacional para 12 partidos de la provincia de Buenos Aires por inundaciones, y para plantaciones de vid y frutihortícolas de San Juan, por granizo y peronóspora.

"En el marco de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios (CNEyDA), se abordó las situaciones de los territorios afectados con intención de que los beneficios lleguen a los productores bajo la aplicación de la ley 26.509 y sus modificatorias", indicó la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, en un comunicado.

En el primer caso, la resolución 1305/2025 firmada por el ministro Luis Caputo homologó un decreto del gobierno bonaerense que declaró en estado de emergencia y/o desastre agropecuario a 12 partidos afectados por inundaciones.

Al respecto, vale aclarar que se trata de una declaración de emergencia de hace un par de meses, durante los primeros daños sufridos por lluvias, y no tiene que ver con el anuncio realizado en las últimas horas por el ministro de Desarrollo Agrario, Javier Rodríguez, de que se extenderá el plazo de emergencia para cuatro partidos donde los problemas continúan tras la fuerte Tormenta de Santa Rosa.

Puntualmente, la emergencia nacional aprobada en las últimas horas abarca las explotaciones agropecuarias de varias circunscripciones de los Partidos de Puán, Tornquist, 9 de Julio, Carlos Casares, General Lamadrid, Coronel Suárez, Guaminí, Bolívar, Tapalqué, Veinticinco de Mayo, Saladillo y Roque Pérez.

En todos los casos, el período de vigencia se extiende desde el 1° de marzo hasta el 31 de agosto de 2025, fecha establecida como cierre del ciclo productivo.

El anuncio de Javier Rodríguez del martes

En tanto, lo que anunció Rodríguez tras visitas municipios de zonas inundadas, es que, en los partidos de 9 de Julio, Carlos Casares, Bolívar y Tapalqué, esta emergencia se extenderá hasta el próximo 28 de febrero, y se solicitará que rápidamente el Gobierno nacional también homologue esta declaración En tanto, lo que anunció Rodríguez tras visitas municipios de zonas inundadas, es que, en los partidos de 9 de Julio, Carlos Casares, Bolívar y Tapalqué, esta emergencia se extenderá hasta el próximo 28 de febrero, y se solicitará que rápidamente el Gobierno nacional también homologue esta declaración

"Ante la persistencia de excesos hídricos, la provincia de Buenos Aires prorrogará hasta el 28 de febrero de 2026 el estado de emergencia y desastre agropecuario en Bolívar (circunscripciones 2, 3, 4, 5, 7 a 12), 9 de Julio (2 a 15), Tapalqué (8) y Carlos Casares (2 a 11)", precisó el Ministerio de Desarrollo Agrario (MDA) de Buenos Aires este martes en un comunicado.

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Emergencia en San Juan

Por otro lado, la Resolución 1306/2025 homologa la declaración de emergencia agropecuaria para las explotaciones frutihortícolas de la provincia de San Juan afectadas por granizo y/o peronóspora, una enfermedad importante en el cultivo de la vid y en otros frutales.

Esta declaración abarca desde el 1° de abril de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2026, e incluye a las explotaciones afectadas de vid, membrillo, alfalfa, almendros, duraznos, granada, nogal, manzana, pera, cereza, ciruela, olivo, pistacho, tomate, melón, sandía, cebolla y hortalizas, agrupadas todas como explotaciones frutihortícolas, en los departamentos de: Angaco, 9 de julio, Caucete, Chimbas, Sarmiento, Santa Lucia, Pocito, Rivadavia, Rawson, San Martín, Zonda, Iglesia, 25 de Mayo, Albardón, Ullum y Jáchal.

Cómo se accede a los beneficios dispuestos por Nación

Finalmente, vale aclarar que en ambas provincias, los productores alcanzados deberán presentar certificados extendidos por las autoridades provinciales para acceder a los beneficios previstos en la ley 26.509 y sus modificatorias.

La normativa dispone además que las entidades bancarias nacionales y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberán arbitrar los medios necesarios para garantizar el acceso a los beneficios establecidos por la ley.

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