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Argentina comenzó a gravitar a nivel impositivo en el ámbito cripto, y los fiscos provinciales también comenzaron a grabarlos
Los fiscos provinciales también pusieron la lupa sobre estos activos y algunas jurisdicciones (Córdoba, Neuquén, Catamarca, Tucumán y Buenos Aires) modificaron el Código Fiscal para alcanzar con Ingresos Brutos las operaciones cripto. Por último, a través de la Resolución General 4.164/2019, la AFIP obligó a los exchanges locales a presentar mensualmente el régimen informativo sobre sus transacciones.
No obstante, existen vacíos para contabilizar estos activos con las normas argentinas, o la caracterización de las cripto que surge al aplicar las internacionales: Lo primero que se debe hacer es analizar si las criptomonedas cumplen con las características de un activo, y aunque semánticamente se lo pueda definir como tal, no parecen cumplir con la definición, según la Norma internacional de contabilidad 7.6:
Inversiones a corto plazo de gran liquidez que se pueden convertir fácilmente en cantidades conocidas de efectivo y que están sujetas a un riesgo insignificante de cambios en el valor Inversiones a corto plazo de gran liquidez que se pueden convertir fácilmente en cantidades conocidas de efectivo y que están sujetas a un riesgo insignificante de cambios en el valor
Las cripto no tienen una vida a corto plazo y a menudo tienen cambios significativos en el valor a corto plazo, y además, en algunos casos existen restricciones sobre la liquidez de dichas monedas y su conversión a una moneda fiduciaria.
¿Hay proyecto de ley para regular las criptomonedas?
En Argentina hay un proyecto de ley presentado por los diputados del Frente de Todos, Liliana Shcwindt y Marcos Cleri, integrantes de la Comisión Directiva del Círculo de Legisladores. También existe un anteproyecto firmado por el diputado de Juntos por el Cambio, Ignacio Torres que cuenta con el aval de varios exchanges del país.
Pero aunque todavía se halla en tratativas, los exchanges locales, al igual que los Proveedores de Servicios de Pago, están obligados a presentar mensualmente el régimen informativo sobre sus transacciones según la Resolución 4164/2019 de la AFIP.
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