Rajoy presiona para que el coste generalizado del despido se rebaje a los 20 días. Y eso piensa lograrlo simplemente aplicando la legislación vigente. ¿Cómo? Pues ampliando y justificando mucho más la letra del despido por causas económicas, de modo que los tribunales lo acepten y de ordinario se paguen esos 20 días contemplados en la ley.
Esta medida no será retroactiva y representa un paso importante para acabar con la dualidad del mercado laboral español. Ésa que hace que los despidos se concentren en los temporales porque resulta barato echarlos mientras los indefinidos blindan sus salarios y condiciones de trabajo.
Así se evitaría prescindir de un empleado sólo porque va a adquirir los 45 días. Y eso que en la mayoría de los casos ya no se abonan esas elevadas compensaciones.
Ello debe acompañarse de una reforma de la negociación colectiva, el otro elemento de rigidez de nuestro mercado de trabajo. El Gobierno debería desbaratar el acuerdo alcanzado por la patronal y los sindicatos para perpetuar su actual estructura de convenios laborales. Justo de lo que ambas organizaciones viven y lo que dificulta enormemente que empresario y trabajadores negocien directamente una flexibilidad que puede evitar despidos.
No se contempla, en este apartado, la implantación de los llamados minijobs o el modelo alemán de trabajo con horarios más reducidos y con menor salario, porque la ministra de Empleo, Fátima Báñez, mantiene que son incompatibles con la legislación española.
La reforma se aprobará, en principio, mediante la fórmula de Decreto Ley, en contra de las demandas de las centrales sindicales, que habían pedido que se aprobara como Proyecto de Ley para poder introducir enmiendas durante su tramitación parlamentaria.
El decreto se aprobará el viernes 10/02, tal como lo anunció Rajoy.
Las citadas fuentes destacan también que las modificaciones que incluya el proyecto de reforma laboral no tendrán efectos retroactivos y entrará en vigor en el mismo momento que el Decreto Ley, por lo que los trabajadores que actualmente tienen un contrato indefinido seguirán beneficiándose de una indemnización de 45 días por año por despido improcedente.
No así, los contratos temporales que, a partir de la entrada en vigor de la reforma se conviertan en indefinidos.
La retroactividad era, desde el punto de vista sindical, una de las claves de la reforma y su no aplicación, manteniendo los derechos adquiridos, puede ser un elemento importante para evitar o rebajar la conflictividad social.