"No se debe judicializar la medicina, se deben respetar los criterios médicos que tengan aval científico y respaldo en las asociaciones médicas y sociedades científicas reconocidas legalmente", continúa.
Mischanchuk recordó que el magistrado hizo lugar a la presentación judicial realizada por el hijastro del fallecido para que reciba "urgente la administración de nebulizaciones de ibuprofeno de sodio y la aplicación de dióxido de cloro", y ordenó al sanatorio porteño a " garantizar la implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante".
El letrado alertó que "la decisión judicial podría sentar jurisprudencia para recetar tratamientos que no están autorizados por las entidades regulatorias correspondientes".
"Resulta imperioso saber si la decisión del magistrado se basó en evidencia científica o, si por el contrario, estamos frente a una posible intromisión por parte de un hombre de derecho en la ciencia médica", apuntó la denuncia.
Además, señaló que debe determinarse "si la orden del magistrado fue cumplida, en qué dosis se habría administrado la terapéutica y quién proveyó los productos para establecer si ello guarda relación con el lamentable óbito del paciente".