Además, Petri explicó que "es indispensable que luego de la suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria, haya una recomposición íntegra en los haberes de los jubilados y pensionados, a fin de impedir la pérdida de su poder adquisitivo".
Qué dice el proyecto:
El proyecto dispone que las diferencias de haberes adeudados como consecuencia de los decretos 163/20, 495/20 y 542/20 dictados por el Poder Ejecutivo, deberán ser pagas en su integridad retroactivamente conforme a la fórmula consagrada por el artículo 32 de la Ley 27.426, atento a no violar lo dispuesto por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Otro de los que firmó el proyecto fue Alfredo Cornejo, que agregó: "como lo sostiene el fallo, en la emergencia es cuando más se debe velar por el cumplimiento de las garantías constitucionales, que para eso están establecidas y la movilidad jubilatoria es una de ellas. No hay excusas para no cumplir con la Constitución".
Por su parte, Alejandro Cacace, otro diputado que impulsa la iniciativa, resaltó que "que la movilidad es un derecho constitucional y que debe en todo momento haber un índice fijado por el Congreso que le otorgue previsibilidad a los jubilados sobre cuánto va a ser su haber".
También opinó al respecto el legislador Gustavo Menna, que añadió: "Es un ajuste confiscatorio sobre los ingresos de los jubilados, que ya ha demostrado que les hizo perder más de la mitad de los incrementos. Esto se agrava por la prórroga de la suspensión dispuesta por decreto hasta fin de año".
- Mirá el proyecto a continuación:
Proyecto Jubilaciones Juntos por el Cambio. by Urgente24 on Scribd