Según AFIP, la ley de Aporte Solidario y Extraordinario alcanzaría a menos de 10 mil personas, es decir 0,8% del total de los contribuyentes que presentaron declaración jurada de bienes personales.
Según el Gobierno, la recaudación se destinará a comprar equipamiento de salud para atender la pandemia, apoyar a las pymes con subsidios y créditos, urbanizar los barrios populares con obras que empleen a vecinos de cada barrio, hacer obras y equipar a YPF para producir y envasar gas natural y financiar un relanzamiento del plan Progresar para que los jóvenes puedan seguir estudiando.
Cuáles son los puntos centrales del proyecto que será ley en las próximas semanas:
- El aporte será “con carácter de emergencia” y por única vez, y recaerá sobre personas humanas residentes en el país con un patrimonio superior a los 200 millones de pesos, incluyendo bienes en el país y en el exterior.
- También quedarán alcanzados los residentes en el exterior por sus bienes en el país.
- Deberán pagar el aporte las personas de nacionalidad argentina que tengan domicilio en paraísos fiscales -definidos como “jurisdicciones no cooperantes” o “jurisdicciones de baja o nula tributación”-.
- El aporte empezará a regir desde la fecha de entrada en vigencia de la ley.
- Si dentro de los 60 días posteriores a la entrada en vigencia de la ley la persona acepta repatriar, como mínimo, el 30% de esos bienes, quedará exenta de pagar el diferencial.
El destino que se le dará a la recaudación es el siguiente:
-Un 20% para la compra o elaboración de equipamiento médico, elementos de protección, medicamentos, vacunas e insumos de asistencia sanitaria.
-Un 20% para subsidios a micro, pequeñas y medianas empresas, “con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores”.
-Un 20% para el programa de becas educativas Progresar, destinadas a estudiantes de todos los niveles.
-Un 15% para el Fondo de Integración Sociourbana, destinado a mejorar la calidad de vida en barrios populares.
-Un 25% a programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural a través de Integración Energética Argentina S.A., “la cual viabilizará dichos proyectos proponiendo y acordando con YPF S.A., en forma exclusiva, las distintas modalidades de ejecución de los proyectos”.
La AFIP será el organismo encargado de aplicar la ley y de dictar las normas complementarias determinando plazos, formas de ingreso, presentación de declaraciones juradas y demás aspectos vinculados a la recaudación de este aporte.
Si en los 180 días inmediatos anteriores a la fecha de entrada en vigencia de la ley, la AFIP detecta variaciones en los bienes sujetos al aporte “que hicieran presumir, salvo prueba en contrario, una operación que configure un ardid evasivo o esté destinada a eludir su pago”, podrá disponer que esos bienes queden gravados.
El aporte promedio sería de 33 millones de pesos.
Las 253 personas que declararon bienes por más de 3.000 millones de pesos aportarían la mitad de la recaudación total, unos 153.000 millones.