La iniciativa abarca a las personas humanas, las micro, pequeñas y medianas empresas inscriptas en el “Registro de Empresa MiPyMES”, las entidades civiles sin fines de lucro, y las empresas con una nómina de hasta un máximo de 800 trabajadores. Aquellas empresas que tengan más de 800 empleados serán alcanzadas por la presente ley siempre y cuando acrediten sumariamente encontrarse en estado de cesación de pagos, reflejado a través de su estado de situación patrimonial y estado de resultado, el cual será evaluado restrictivamente por el juez interviniente.
"Durante la vigencia temporal de esta Ley, no se podrán realizar remates, ni ningún otro tipo de ejecución forzada, ya sean judiciales o extrajudiciales, en contra de los sujetos comprendidos en el Artículo Segundo de la presente Ley", aclara el proyecto de Camaño.
En los fundamentos, la diputada afirma que debido a la pandemia de coronavirus se "ha generado una grave parálisis de las empresas productoras de bienes y servicios , por ello el presente proyecto de ley tiene por
objeto promover la reactivación productiva de las pequeñas y medianas empresas, incluyendo a quienes revisten la calidad de monotributistas y autónomos, como así también de las grandes empresas como generadoras de
cientos de miles de puestos de trabajo".
Asimismo, aclara que tiene como finalidad la "protección de las fuentes de trabajo de millones de argentinos que se vieron y ven afectados por las consecuencias económicas derivadas de la crisis de salud".
Proyecto Ley de quiebras by Urgente24