La imputación inicial planteaba que Rodríguez había puesto en circulación aproximadamente US$1,7 millones de dólares de origen ilícito, a través de mutuos simulados por US$1,4 millones provenientes de Latin Financial LP, destinados a financiar la compra de un helicóptero Eurocopter EC 130 B4.
Posteriormente, esos mutuos habrían sido cedidos a la firma Fusion Blue Servicios Aéreos, lo que derivó en la transferencia del helicóptero como medio de pago.
La postura de la fiscalía, respaldada inicialmente por el tribunal de alzada en una intervención previa, sostenía que la maniobra de lavado de activos de “Corcho” Rodríguez no se había agotado con la adquisición del helicóptero.
La acusación consideró que existía una continuidad en la maniobra, entendiendo que la posterior venta de la aeronave en 2016 era el momento en el que se habría producido el “camuflaje definitivo del dinero”.
Frente del Palacio de Tribunales: "Nos preguntamos ¿Para qué? Porque, después de 10 años, no se han instalado los Derechos Humanos como valor en nuestro país. Por ejemplo, todos hemos visto como un grupo de ciudadanos es capaz de linchar a quien creen que
La justicia puso punto final en una acusación que pesaba sobre el empresario
Sin embargo, la Sala III de la Casación entendió que el material probatorio reunido en la pesquisa resultaba insuficiente para acreditar la unidad de acción entre la compra del helicóptero en 2012 y su posterior venta en 2016.
La valoración llevó al tribunal de Alzada a concluir que la presunta maniobra de lavado de activos ya se encontraba completa con la compra del helicóptero en el año 2012 y, que no existían otros elementos que permitieran “estirar su consumación” o probar su vinculación con la venta posterior.
En adhesión, la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJUDECO) descartó que existieran vínculos comerciales de Rodríguez con las sociedades uruguayas Latin Financial o con Sabrimol Trading.
Los camaristas de Casación remarcaron al respecto que “no encontraron delitos precedentes ni ninguna de las hipótesis pudo ser corroborada y que, además, los hechos investigados se encuentran prescriptos”.
A esta determinación se plegó ahora la Cámara de Apelaciones, con una mayoría que integraron los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.
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