Tras llevar a cabo una investigación, la CE determinó en 2004 que Microsoft abusaba de su posición dominante al negarse, desde octubre de 1998, a facilitar determinada información sobre interoperabilidad a los vendedores de sistemas operativos para servidores de grupos de trabajo, de modo que éstos pudieran desarrollar y distribuir productos compatibles.
La Comisión consideró, además, que el gigante informático debía divulgar a todas las empresas interesadas dicha información y autorizar a las compañías a utilizarla.
El Tribunal de Primera Instancia de la UE emitió una sentencia en 2007 en favor de la decisión del Ejecutivo comunitario.
Así, la Comisión anunció en febrero de 2008 que imponía a Microsoft una multa de 899 millones de euros por el incumplimiento de la obligación de divulgar a las empresas interesadas la información relativa a la interoperabilidad en condiciones razonables y no discriminatorias, entre junio de 2006 y octubre de 2007.
Microsoft interpuso entonces un recurso ante el Tribunal General de la UE para solicitar la anulación de esa decisión y, con carácter subsidiario, anular o reducir el importe de la multa.
En la vista del caso, que se celebró en mayo del año pasado, Microsoft alegó que la medida era "injusta y desproporcionada", y que la Comisión Europea cometió errores de procedimiento al imponer la sanción.