La UKRA afirma que esto perjudicaría a los 26.000 comercios bonaerenses al obligarlos a gastos de reformas, caída en ingresos y eventuales cierres.
Según Adrián Palacios, si no pueden vender tabaco, miles de familias dueñas de kioscos y sus empleados quedarán en la calle.
El debate es sobre el artículo 16to., que prohíbe la venta de estos productos a kioscos ubicados a menos de 100 metros de las escuelas.
Según los kiosqueros, la prohibición de venta de tabaco a menores de 18 años se cumple a rajatablas (¿quién audita?), no sólo porque así lo indica la Ley, sino porque “se trata de respetar una ética comercial al cuidar la salud de niños y adolescentes, quienes no son adultos con capacidad de decidir sobre su salud”. Resulta algo así como una declaración jurada de los kiosqueros.
Para él, hay 80.000 empleos que dependen de la venta de cigarrillos en los kioscos bonaerenses y la restricción creará o alentará el mercado negro de cigarrillos, cigarros y otros productos o dispositivos que contengan tabaco o similares.
Los kiosqueros afirman que con la actual Ley Nacional de Control de Tabaco Nº 26.687 y la Ley bonaerense N°13.894 es suficiente y que el proyecto es innecesario.
En cambio FIC Argentina afirma:
La prohibición completa de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco reduce el consumo en toda la población, más allá del nivel de ingreso y del nivel educativo. En cambio las restricciones parciales carecen de efectividad para la reducción del consumo, dado que la publicidad que se prohíbe por un canal comunicacional se despliega por otro, por lo que no se logra el efecto buscado, que es la reducción del consumo y la protección de la salud pública. La prohibición completa de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco reduce el consumo en toda la población, más allá del nivel de ingreso y del nivel educativo. En cambio las restricciones parciales carecen de efectividad para la reducción del consumo, dado que la publicidad que se prohíbe por un canal comunicacional se despliega por otro, por lo que no se logra el efecto buscado, que es la reducción del consumo y la protección de la salud pública.
Es el estándar que han consensuado 179 países en el Convenio Marco para el Control del Tabaco y sus directrices.
FIC Argentina afirma, a propósito de otros artículos del proyecto, que numerosos estudios han demostrado que la prohibición de exhibidores en el punto de venta no implica una carga para las tiendas.
Acerca de más restricciones a la exhibición: la mayoría de los fumadores comienzan a consumir tabaco antes de los 18 años, cuando se desarrollan las asociaciones positivas de marcas. Uno de los mejores medios para transmitir el valor de una marca es justamente el empaquetado.
Los productos de tabaco generalmente se colocan cerca de las golosinas y productos para niños y a la vista de ellos. Esto hace que los niños los vean como productos cotidianos e inofensivos.
En Irlanda, una evaluación económica de las ventas de tabaco antes y después de la prohibición de exhibidores de tabaco no afectó significativamente los ingresos de las tiendas un año después de la implementación de la prohibición.
El cumplimiento de la prohibición de exhibidores de productos de tabaco en el punto de venta ha sido regularmente alto en varios países, como Australia, Irlanda y Noruega.
Los vendedores minoristas de tabaco de Nueva Zelanda expresaron que mantener los productos de tabaco fuera de la vista reducía los robos, no era costoso o inadecuado, y no afectaba significativamente los ingresos de la tienda.