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Infantino mira para otro lado: el reglamento de FIFA que pone en peligro el Mundial 2026

El ataque de Estados Unidos a Venezuela reactiva antecedentes de sanciones en la FIFA, pero Infantino evita actuar y deja al Mundial 2026 en una zona gris.

Gianni Infantino vuelve a aplicar la doble vara. Mientras el conflicto entre Estados Unidos y Venezuela escala, el reglamento de la FIFA expone a la vista de todos un trato desigual: firme con algunos, indulgente con otros. El silencio del organismo incomoda, sobre todo cuando el país involucrado es la próxima sede del Mundial 2026.

Estalla así una nueva polémica en el seno del fútbol mundial. Tras la captura de Nicolás Maduro por parte de Estados Unidos, uno de los organizadores (y el más poderoso) del próximo Mundial 2026, vuelve a reflotar un artículo incómodo del reglamento de la FIFA. Una norma que ya fue utilizada en el pasado para sancionar a selecciones involucradas en conflictos bélicos y que hoy vuelve a quedar bajo la lupa por su aplicación selectiva.

La situación incomoda a buena parte de los fanáticos del deporte, que observan cómo la FIFA repite patrones conocidos. La era de Sepp Blatter parecía haber quedado atrás, pero las decisiones actuales invitan a dudar. El Mundial de Qatar 2022 ya estuvo rodeado de polémicas políticas y éticas; ahora, con el Mundial tripartito cada vez más cerca, las tensiones vuelven a emerger y el debate sobre la coherencia del organismo se instala otra vez en el centro de la escena.

El caso Rusia e Israel: la doble vara en acción

El eje de esta polémica está en el artículo 76 del Código Disciplinario de la FIFA. Allí se establece que el máximo ente del fútbol mundial puede castigar a asociaciones nacionales cuando se producen hechos graves, como conflictos bélicos o acciones que atenten contra sus principios estatutarios, aun cuando esos episodios se desarrollen fuera del ámbito estrictamente deportivo. La norma otorga a la FIFA la facultad de intervenir de manera directa si considera que un conflicto político o militar impacta de forma concreta en el fútbol internacional.

Ese criterio se aplicó sin vacilaciones tras la invasión de Rusia a Ucrania en febrero de 2022. La situación generó una reacción inmediata, no solo en los medios internacionales sino también dentro del propio ecosistema del fútbol, con el respaldo de distintas asociaciones y organismos. La FIFA suspendió a la federación rusa de todas las competencias, dejando al país fuera del Mundial de Qatar 2022, de las Eliminatorias rumbo a 2026 y de los torneos continentales de clubes. La decisión fue presentada como una defensa de los valores del organismo y del propio fútbol, y fijó un principio que parecía inequívoco. Los conflictos bélicos podían tener consecuencias deportivas concretas.

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Gianni Infantino junto a Donald Trump durante su encuentro en la Casa Blanca, cuando el titular de la FIFA le obsequió una camiseta oficial en el marco de la organización del Mundial 2026.

Sin embargo, ese principio dejó de aplicarse como regla en otros escenarios. En el conflicto entre Israel y Palestina, distintas federaciones y organizaciones deportivas solicitaron formalmente que la FIFA evaluara una medida similar. La respuesta, en este caso, fue muy distinta. Gianni Infantino descartó cualquier castigo y se limitó a emitir llamados genéricos a la paz, bajo el argumento de que la FIFA no puede resolver problemas geopolíticos. El artículo 76, entonces, pareció quedar archivado en lo más profundo de los dictámenes del organismo.

Es en ese punto donde vuelve a emerger la dicotomía que hoy incomoda al fútbol mundial. En el caso de la captura de Nicolás Maduro por parte de Estados Unidos, las diferencias con los conflictos anteriores existen y no admiten simplificaciones apresuradas. Sin embargo, más allá del contexto específico, lo que vuelve a generar ruido es la disparidad en la aplicación del reglamento. Mientras en un escenario la norma fue utilizada como base para una sanción inmediata y presentada como ejemplar, en el otro se optó por la inacción. Esa lógica de doble vara es la que hoy reaparece frente al accionar estadounidense. El reglamento no cambió, los antecedentes tampoco; lo que parece variar es el peso político del país involucrado.

Antecedentes históricos: cuando el fútbol sí fue sancionado

La intervención de la FIFA en contextos políticos o bélicos no es un hecho aislado ni excepcional. A lo largo de su historia, el organismo aplicó sanciones deportivas concretas cuando consideró que determinados conflictos atentaban contra los principios que rigen al fútbol internacional o afectaban directamente el normal desarrollo de las competencias.

Uno de los primeros antecedentes se remonta al Mundial de 1950, cuando Alemania y Japón fueron excluidos de la competencia como consecuencia directa de su participación en la Segunda Guerra Mundial. No se trató de una decisión vinculada al plano deportivo, sino de una sanción política con impacto pleno en el calendario futbolístico, alineada con el contexto internacional de la posguerra.

Otro caso emblemático fue el de Sudáfrica, suspendida de las competiciones internacionales entre 1962 y 1992 debido al régimen del apartheid. Durante tres décadas, la selección sudafricana quedó fuera de Mundiales, eliminatorias y torneos continentales, en una de las sanciones más extensas de la historia del deporte. La medida fue presentada como una defensa explícita de los valores de igualdad y no discriminación.

En los años noventa, la guerra de los Balcanes volvió a poner a prueba esa lógica. En 1992, Yugoslavia fue suspendida de la Eurocopa pese a haberse clasificado deportivamente. Su lugar fue ocupado por Dinamarca, que terminó consagrándose campeona en uno de los episodios más recordados del fútbol europeo. La sanción volvió a dejar en claro que, cuando el contexto político lo imponía, el fútbol quedaba subordinado a decisiones externas al campo de juego.

Estos antecedentes construyen un marco difícil de ignorar. Demuestran que las herramientas existen, que el reglamento fue aplicado y que la FIFA supo intervenir cuando lo consideró necesario. Por eso, el debate actual no gira en torno a la capacidad del organismo para sancionar, sino a la coherencia con la que decide hacerlo. Frente al escenario que involucra a Estados Unidos, la pregunta vuelve a ser la misma. Si el reglamento sigue vigente y los antecedentes están sobre la mesa, ¿por qué esta vez la respuesta parece distinta?

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