N° 28/2021 (ratificada por Resolución ENACOM N° 163/2021)
N° 203/2021
N° 204/2021 (ratificada por Resolución ENACOM N° 588/2021)
N° 862/2021
N° 2.187/2021 (ratificada por Resolución ENACOM N° 275/2022)
N° 725/2022 (ratificada por Resolución ENACOM N° 1.174/2022)
Nº 1.754/2022
N° 2.393/2022
N° 2.494/2022 (ratificada por Resolución ENACOM N° 409/2023)
N° 557/2023
N° 323/2021.
Esta decisión responde al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 302/2024, que anuló el anterior DNU 690/2020, que había declarado a los servicios TIC como "servicios públicos esenciales y estratégicos", otorgando al ENACOM la facultad de regular sus tarifas.
Enacom
Los interventores del ENACOM eliminaron todas las regulaciones que le ponían tope a las tarifas de internet, celulares y cable.
Las empresas podrán fijar libremente sus precios
Ahora las empresas de telecomunicaciones tendrán nuevamente la capacidad de fijar libremente sus precios, algo que el organismo regulador justifica como necesario para "salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia".
La resolución, firmada por la intervención del ENACOM, entrará en vigencia a partir de su publicación en el 'Boletín Oficial'.
La intervención del ENACOM
En el documento, explicitan también que tal como surge del DNU N° 302/2024 "…los servicios de TIC han sido creados en competencia, así como la prestación de los servicios de comunicaciones móviles, siendo una facultad esencial para su desarrollo y crecimiento la posibilidad de que los licenciatarios puedan fijar sus precios libremente” y que "… el DNU N° 690/2020 establece una modificación esencial sobre el marco jurídico del sector, que debe ser corregida con el fin de salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia y la libre fijación de los precios de los servicios prestados".
El objetivo del ENACOM durante su intervención será realizar una auditoría de la gestión durante el gobierno de Macri y se revisarán las acciones realizadas durante la presidente de Alberto Fernández.
A su vez, el Gobierno dispuso que se deberá efectuar un relevamiento y evaluación de la estructura organizativa de dicho ente, a efectos de propiciar su reorganización funcional y operativa, conforme las competencias asignadas por las Leyes N° 26.522 y N° 27.078 y sus modificatorias, procurando fomentar su profesionalización y eficiencia.
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