¿Cuánto hay que pagar?
El blanqueo tiene tres etapas, con una base imponible de US$ 100.000 y los porcentajes de pago van de 5% a 15%, aumentando con el tiempo. Las etapas son así:
- Desde que se aprueba hasta el 31 de marzo de 2024, y si presentás todo antes del 31 de mayo: ahí pagás el 5%.
- Del 1° de abril hasta el 30 de junio de 2024, y si presentás todo antes del 31 de agosto de 2024: te toca el 10%.
- Desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2024, y si presentás todo antes del 30 de noviembre de 2024: ahí la tasa es del 15%.
Sobre las diferentes etapas, Poch dijo que está interesante que el proyecto establezca momentos distintos para sumarse al blanqueo, porque "la gente puede estar más interesada en ingresar cuando hay buenas perspectivas de la economía local".
¿Quién queda afuera?
En el proyecto, se excluye a los "funcionarios públicos" que hayan estado en funciones desde el 30 de diciembre, hasta que la ley se ponga en marcha. Los excluidos son:
- Presidente y vicepresidente de la Nación, gobernador, vicegobernador, jefe o vicejefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o intendente municipal.
- Senador o diputado nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o concejal municipal, o Parlamentario del Mercosur.
- Juez del Poder Judicial nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Fiscal del Ministerio Público nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Defensor del Pueblo o adjunto del Defensor del Pueblo nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Jefe de Gabinete de Ministros, ministro, secretario o subsecretario del Poder Ejecutivo nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Interventor federal, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Funcionario General de la Nación, funcionario general adjunto de la Sindicatura General, presidente o auditor general de la Auditoría General, autoridad superior de los entes reguladores y los demás órganos que integran los sistemas de control del sector público nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los miembros de organismos jurisdiccionales administrativos en los tres niveles de gobiernos.
Además, quedan afuera los "familiares de los funcionarios públicos", tanto cónyuges como ascendientes, descendientes y ex cónyuges, "que hubieran sido cónyuges durante el tiempo en el que dichos sujetos se desempeñaron en los cargos detallados".
La ratificación del mega-DNU
Tal como informó Urgente24 en: Milei metió en la "Ley ómnibus" la ratificación del mega-DNU, Javier Milei envió este miércoles al Congreso el proyecto de ley con un amplio paquete de reformas a lo largo de 664 artículos. Y es en uno de los últimos, el N°654, en el que solicita la aprobación del polémico decreto de Necesidad y Urgencia 70, de desregulación.
De esa forma, el Ejecutivo pretende alterar el mecanismo de ratificación de los DNU planteado en la legislación vigente.
Esa reglamentación dispone que el jefe de Gabinete envíe el decreto dentro de los 10 días hábiles desde su publicación a la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, conformada por 8 diputadas y 8 senadores, cuyos nombres todavía deben definirse.
Luego, la Comisión debe elevar un dictamen que cuente con la firma de la mayoría absoluta de sus miembros a ambas cámaras, también dentro de 10 días. En este dictamen, la Bicameral deberá expedirse sobre la validez o invalidez del decreto y sobre la procedencia formal y la adecuación a las bases de la delegación y al plazo fijado para su ejercicio.
Una vez que ingrese a cada Cámara, los Diputados y Senadores únicamente tendrán la posibilidad de aprobar o rechazar el DNU, no hay instancias de suspensiones, agregados o cualquier tipo de modificación a la norma. La aceptación o el rechazo del decreto debe contar con el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes.
Si ambas cámaras rechazan el DNU, este pierde validez de forma permanente. De todos modos, en el período que comprende la promulgación del decreto hasta el final de su tratamiento en el Congreso, mantendrá la vigencia como una ley más.
En el proyecto denominado Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, en las "Disposiciones finales", como si tratara de pasar desapercibida, se plantea en el artículo 654: "Ratificase el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23".
EL DNU 70/23, que reforma distintos aspectos de la vida económica y social, fue impugnado en la justicia mediante distintas presentaciones. Este mismo miércoles fue rechazado uno presentado por la CGT, que se movilizó hacia Tribunales en rechazo de las reformas laborales que plantea el decreto, dado que éste aún no entró en vigencia, lo que está previsto para este 29/12.
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