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Los beneficiarios podrá realizar los trámites por la web del instituto
Para tener en cuenta
Tanto en el cambio de sucursal bancaria a otra provincia, como en el cambio de sucursal bancaria a otro país, se deberá informar al IPS el nuevo domicilio de residencia, y otra dirección dentro de la provincia de buenos Aires.
Otros requisitos para los no residentes
La Fe de vida de jubilados y pensionados residentes en el exterior del país debe cumplirse personalmente cada 6 meses, ante el Consulado argentino o la autoridad del Estado extranjero donde resida el beneficiario. Caso contrario se suspenderá el pago para luego dar de baja en caso de no regularizar la situación en los próximos tres meses.
¿Cómo acreditar la supervivencia?
Ante los Consulados Argentinos en el exterior
El Consulado dará Fe de Vida, emitiendo un certificado de supervivencia, o por legalización de certificados de supervivencia emitidos por autoridad local (por ejemplo: policía, municipalidad, juez de paz, etc.).
Por su parte el interesado podrá optar por enviarlo a un contacto en la Argentina para que lo legalice en el ministerio de Relaciones Exteriores o en los Colegios de Escribanos en el interior del país para luego presentarlo en cualquiera de las oficinas de atención del IPS
Ante autoridades locales del país de residencia
El beneficiario/a podrá acudir a una oficina de la administración pública local con competencia para certificar supervivencia, un oficial o agente judicial, o un notario público, solicitando se le otorgue un certificado de supervivencia. El certificado deberá ser enviado a la Argentina para presentarse ante el IPS.
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