Las declaraciones estarán oficializadas previo al arribo de la mercadería al territorio para poder efectuar los controles de manera anticipada.
La AFIP analizará:
- La situación del sujeto a partir de la información disponible y solicitará la información faltante en caso de detectar irregularidades.
- El perfil de riesgo del importador, considerando si efectuó operaciones de sobrefacturación, subfacturación o si "desvirtuó el régimen con prácticas abusivas en proceso de investigación en la interposición de medidas administrativas o judiciales con relación a las operaciones".
- La Capacidad Económica Financiera del importador para efectuar la operación que pretende concretar mediante el "Sistema de Capacidad Económica Financiera"
En caso de necesitar acceder al Mercado Único Libre de Cambios para hacer frente a los pagos, la Secretaría de Comercio y el Banco Central evaluarán la información para definir el acceso del importador a las divisas e informarán el plazo y la fecha para acceder a él. En caso de no necesitar acceder al Mercado de Cambios y pretendan cancelarlo con moneda extranjera propia, deberán informar la situación a los organismos competentes.
Se facilitará la importación de quienes quieran hacerlo con dólares propios Se facilitará la importación de quienes quieran hacerlo con dólares propios
El Gobierno ya había anunciado modificaciones en la reglamentación para que se puedan usar dólares no registrados para la importación de insumos para la producción y la compra o construcción de viviendas.
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