La norma ya regía para empresas, pero ahora vuelve a involucrar también a individuos residentes y no residentes, argentinos y extranjeros. La norma ya regía para empresas, pero ahora vuelve a involucrar también a individuos residentes y no residentes, argentinos y extranjeros.
El Central aclaró que las entidades financieras deberán contar con declaraciones juradas de los clientes que certifiquen su compromiso de no violar esta restricción.
El contexto de la decisión
El regreso de la “restricción cruzada” se da en medio de la volatilidad que volvió a separar al dólar oficial de las cotizaciones financieras, generando la incipiente brecha cambiaria. Esa brecha fue terreno fértil para operaciones especulativas que amplificaron la presión sobre los distintos segmentos del mercado cambiario.
En las últimas semanas, el BCRA llegó a desprenderse de más de US$ 1.100 millones en solo tres ruedas, en un intento por contener la escalada del tipo de cambio oficial. La medida coincidió con el posterior anuncio de respaldo financiero del Tesoro de Estados Unidos a la administración de Javier Milei, que ayudó a calmar las aguas momentáneamente.
El cepo
La llamada “restricción cruzada” no es nueva. Estuvo vigente en distintos episodios de cepo desde 2019 y se convirtió en una de las herramientas preferidas del Central para evitar que el desdoblamiento cambiario genere un drenaje de reservas.
El mecanismo es simple: si un ahorrista compra dólares en el oficial, queda inhabilitado por 90 días para operar MEP o CCL. Lo mismo en la dirección contraria. El objetivo es cortar el circuito que permite aprovechar las diferencias de cotización sin costo para el inversor, pero con impacto en las reservas.
En palabras de fuentes del BCRA: “Las personas pueden comprar dólares para atesorar, lo que no pueden es volcar esas divisas al dólar financiero. La medida busca evitar distorsiones”.
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