Lo que dejó la pandemia
A raíz de lo mencionado, el vicepresidente de la Lotería, Daniel Roberto Di Lena, precisó que "hay estudios y publicaciones que alertan que el número de menores de edad que apuestan en línea, aumentó exponencialmente desde la pandemia y se consolidó durante el Mundial de Qatar".
En ese sentido, Di Lena remarcó los efectos negativos que puede generar "la tentación de ganar dinero con un par de clicks", principalmente en la salud física y mental de los que se involucran.
Asimismo, comunicó como "oportuno" subrayar que "todos los sitios de dominio de juegos oficiales en Argentina deben contar con un dominio '.bet.ar'". En consecuencia, si un sitio de juego está operando en el país y no cuenta con eso "es ilegal".
Por otro lado, la presentación realizada al MPA, activa recordatorio que "conforme al marco normativo, todo juego, apuesta y/o sorteo a desarrollarse dentro de Santa Fe, cualquiera fuese su modalidad, debe ejecutarse bajo la autorización previa y el posterior control de la CAS". Ninguno de los denunciados cumplen con esta disposición.
Juego ilegal
Sobre otra línea, la denuncia hace mención a que también "el Estado detenta el monopolio de la explotación de los juegos de azar". Por ende, "todo dinero que se haya canalizado a través del juego ilegal representa un grave perjuicio a patrimonio estatal, teniendo en cuenta que son recursos económicos que según las necesidades y prioridades se determinen".
Se estima que el juego ilegal representa (aproximadamente) el 80% del juego en línea, ocasionando esta actividad un daño económico.
"Adicionalmente, cabe destacar que la irregularidad de estas actividades escapan también a la acción fiscal del Estado al no aportar ningún tipo tasas o impuestos al mismo, incrementado aún más el monto estimado", expresa el documento.
A partir de esta situación es que se solicitó al MPA la "imperiosa necesidad de clausurar/bloquear el acceso" de la gran cantidad de webs, así como "clausura/bloqueo de las cuentas bancarias con las que operan estos sitios de juego delictivo, previa investigación de las mismas". Además, el "embargo del dinero allí depositado, prohibiendo cualquier operación de acreditación, débito, depósito o transferencia desde y hacia dichas cuentas, quedando el dinero secuestrado a disposición del Tribunal".
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