Según el decreto 743/2022 se estableció que el 90% del RIPTE actúa como tope para los que perciben menos de 6 SMVM con relación al Índice de Costos de Salud.
Entonces, a quienes ganan más de 6 SMVM se les aplica la suba del Índice de Costos.
Pero, si el Indice de Costos es inferior al 90% del RIPTE, se les aplica a todos los afiliados el Indice menor.
Cómo pedir la reducción del aumento
Este martes (1/8) se habilitará el trámite de la declaración jurada, para que los usuarios puedan pedir la reducción del aumento si es que tuvieron un ingreso neto no superior a $633.000.
Ese trámite se podrá realizar hasta julio de 2024 ya que el Gobierno estipuló la vigencia del aumento tope por 18 meses a partir de febrero pasado.
Quienes soliciten el beneficio deberán hacer una presentación por cada mes en el que esté vigente la modalidad.
Pero como las cifras de los salarios o de los ingresos pueden varias cada mes, a algunas personas se les puede aplicar el aumento completo o en otros casos la suba con el tope del 90% de la variación del Ripte.
En junio y julio –al igual que en agosto- el aumento se aplicó a todos los afiliados por igual, pues no existe la posibilidad de solicitar una reducción del ajuste como en otros meses ya que el tope impuesto por el artículo 1 del Decreto 743/22 quedó por encima del ajuste del ICS. El mismo se fijó en un 90% del aumento de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). Como tal incremento fue del 9,84%, el tope de aumento quedó en 8,86%, por encima del 8,72% de incremento del ICS.
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