De todas formas, el mismo podría sufrir modificaciones en pos de conseguir adhesiones. Así los transmitió el presidente de la bancada oficialista en la Cámara Alta, el formoseño José Mayans.
"Son varias las opiniones encontradas en este tema. Creo que hay cosas que hay que corregir, veamos la posibilidad de hacerlo", dijo Mayans, de acuerdo a clarín.com.
El oficialismo quiere tratar el proyecto de forma express y convertirla en ley ante del 21/05, cuando vence el DNU vigente que impone las restricciones.
En Juntos por el Cambio, la posición de los gobernadores y del alcalde porteño, Horacio Rodríguez Larreta, es la de no permitir que la ley avasalle las autonomías, en línea con lo que reconoció la Corte Suprema cuando trató la presencialidad en las escuelas de la Capital Federal.
Tanto el mendocino Rodolfo Suárez como el jujeño Gerardo Morales se oponen al proyecto, aunque este último dejó abierta una ventana: que el texto explicite que las provincias podrán optar por adherir o no a la ley.
Morales dijo en declaraciones a lanación.com que “si la norma incluye cuestiones como las que dirimió el fallo de la Corte que implican un avasallamiento a las autonomías de las provincias no es constitucional; claro que puede haber temas de atribución nacional”.
No obstante, afirmó que la “única manera” de que la ley funcione es “incluir un artículo que establezca que se invita a las provincias a adherir”.
Podría ser uno de los cambios que anticipó Mayans.
LEY Parámetros epidemiológi... by Urgente24
En su exposición, la secretaria Legal y Técnica aseguró que “no son muchas las delegaciones legislativas” que se le otorgan al Poder Ejecutivo Nacional, sino que se trata de que “el Congreso establezca una regulación de salud pública en el marco de una pandemia, de manera excepcional”.
“El Gobierno considera que las medidas son constitucionales”, aseveró la funcionaria, que añadió que “no hay ningún menoscabo de las competencias de gobernadores y gobernadoras”, ya que el Poder Ejecutivo Nacional tomará “medidas adicionales” solo en los casos de alarma epidemiológica y cuando, tras 21 días, las medidas tomadas por las provincias no hayan dado efecto.
Para Vizzotti, en tanto, el proyecto apunta a “tener un marco legal y fortalecer muchísimo las medidas de cuidado para la población que todavía no está alcanzada por la vacunación”. Sobre los criterios para clasificar cuatro situaciones sanitarias diferentes tienen “la mirada de un país federal”.
Según explicó Vizzotti, la alarma epidemiológica es cuando aparece una situación de riesgo “muy especifica, donde involucra una incidencia en los últimos 14 días de 500 o más casos cada 100.000 habitantes y una ocupación de la terapia intensiva del 80%”. Según la funcionara, ese es el momento a partir del cual habría que tomar “medidas bien intensificadas”.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Salud, el jujeño Mario Fiad, opinó que el proyecto genera “una enorme preocupación” porque el Gobierno nacional “no parece hoy encontrar otra forma de gobernar que no sea con la emergencia y la excepcionalidad”. “Aquí se habla mucho de la vida y de la salud de los habitantes de nuestro país como fundamento para habilitar cualquier medida que adopte el Ejecutivo”, consideró.
“La pandemia no nos habilita a suspender la Constitución Nacional, el respeto por la distribución de las competencias con las jurisdicciones y tampoco de las restricciones”, aseguró el legislador de la UCR.
En tanto, su par Silvia Giacoppo le reclamó a Vizzotti por “el vacunatorio VIP” y que todavía no se haya presentado ante la Comisión de Salud del Senado. Sobre la iniciativa, manifestó: “Este proyecto de ley de los superpoderes realmente desde donde se lo mire es algo que no podemos votar, sencillamente porque no se puede delegar lo que no se tiene. Y no es potestad de este Congreso, y menos aún del Poder Ejecutivo de dar facultades que fueron expresamente reservadas a los poderes provinciales”.
“Hasta nos mandan a bañar. O sea, yo puedo entender una medida sanitaria. Pero son reglas que del modo que están escritas son imperativas y no dan lugar a ninguna discusión. Estamos entrometiéndonos en los derechos fundamentales de los ciudadanos”, agregó la jujeña.
Respecto a las clases presenciales, la senadora porteña del PRO Guadalupe Tragliaferri apuntó que “Alemania, un país que se ha citado, suspendió sus clases presenciales solamente 35 días y en Argentina las suspendimos por 180 días. Estamos dentro de los diez países que menos clases presenciales han tenido el año pasado”. Y consultó a Ibarra sobre el fallo de la Corte, que le dio la razón a la Ciudad de Buenos sobre su reclamo por el DNU 241/21: “¿Considera usted que una ley puede estar por encima de la Constitución Nacional?”.
Ibarra justificó que la suspensión de las clases presenciales se prevé “en una situación de alarma, cerca del desborde sanitario”, con el objetivo de “bajar la curva y los niveles en los parámetros”.
Al hacer referencia al fallo de la Corte, subrayó que, en sus conclusiones, el voto de Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda indica que “el Estado Nacional solo puede regular el ejercicio del derecho a la educación de modo concurrente con las provincias, estableciendo las bases, pero no puede, normalmente, sustituirlas”. Para la funcionaria la palabra “normalmente” y los fundamentos posteriores de los jueces, argumentan a favor de los motivos “por los cuales el Poder Ejecutivo podría ingresar a regular una materia” que es competencia de las provincias.
Ibarra enfatizó que el proyecto se trata de que “el Congreso Nacional establezca una regulación de salud pública en el marco de una pandemia, de manera excepcional”, y contar con “un esquema de funcionamiento para poder garantizar cuanto antes el ejercicio más pleno de todos los derechos”.
El texto del proyecto fija 4 niveles de riesgo: bajo, medio y alto riesgo y alarma epidemiológica. Lo hace en base a tres factores: aumento de contagios en los últimos 14 días, cantidad de casos en función de la población y la ocupación de camas de terapia intensiva.
En base a eso, establece una serie de restricciones. En los casos de "alerta epidemiológica y sanitaria" insiste con la suspensión de clases presenciales.
Entre otras medidas, enumera las actualmente vigente como la restricción de circulación nocturna entre las 20 y las 6 de la mañana, el límite al funcionamiento de los locales comerciales hasta las 19 y la prohibición, entre otras cuestiones, de que los bares y restoranes atiendan en ambientes cerrados