En los fundamentos elevados al tribunal internacional, el Ejecutivo rechazó de manera categórica las denuncias de “hostigamiento judicial” formuladas por la defensa de Sala. Por el contrario, sostuvo que el Estado argentino aportó documentación que acredita un incumplimiento concreto de las condiciones impuestas para el arresto domiciliario.
Milagro Sala debe ir a la cárcel
De acuerdo con el escrito oficial, la dirigente social habría cambiado de domicilio sin autorización judicial, lo que activó las alertas del sistema de monitoreo electrónico. Esa situación motivó controles y medidas de verificación previstas en el régimen de ejecución penal. Para el Gobierno, presentar esas acciones como persecución constituye una estrategia para “invertir la carga de los hechos” y sostener un beneficio excepcional.
Desde el Ministerio de Justicia también afirmaron que la Argentina cumple con sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos, pero advirtieron que las medidas de la CIDH no pueden convertirse en un mecanismo de impunidad para personas con condena firme.
“Los derechos humanos no están para proteger privilegios” “Los derechos humanos no están para proteger privilegios”
, señalaron.
En sintonía con el discurso oficial del Ejecutivo, el comunicado subrayó que la actual administración considera que el sistema debe garantizar igualdad ante la ley y que no puede haber tratos diferenciales para dirigentes políticos o sociales. En ese sentido, se enfatizó que “no hay razones para que una persona condenada por corrupción y delitos graves permanezca en su domicilio”.
La postura del Gobierno se alinea con la narrativa impulsada desde la Casa Rosada por el presidente Javier Milei, que sostiene que en esta etapa “se terminaron los privilegios de la casta” y que el único lugar para quienes cometieron delitos es la cárcel.
El reclamo ante la CIDH vuelve a colocar el caso Milagro Sala en el centro del debate político y jurídico, en un contexto de fuerte confrontación entre el Gobierno nacional y los organismos internacionales de derechos humanos sobre los alcances y límites de sus intervenciones en causas judiciales internas.
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