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La UCR presentó su propia Ficha Limpia: Qué cambia y a quiénes afecta

La UCR presentó un proyecto propio sobre Ficha Limpia. Es una iniciativa impulsada por diversos partidos, pero ninguna con éxito.

Un grupo de diputados de la UCR presentó en el Congreso su propio proyecto de ley de “Ficha Limpia”. Entre otras cosas, propone impedir que personas con condenas penales puedan ser candidatas a cargos electivos o ejercer funciones públicas, incluso si esas sentencias no están firmes.

Si bien el Gobierno anunció que enviará la reforma política al Congreso, que incluye Ficha Limpia, los radicales vuelven a insistir con proyecto propio. Con el de los radicales, ya suman tres proyectos sobre el mismo tema presentados por diversos legisladores en la última semana.

La iniciativa de la UCR apunta a modificar leyes clave del sistema político argentino y ampliar los requisitos de idoneidad exigidos para acceder a cargos públicos, incorporando criterios vinculados no solo a la capacidad técnica, sino también a la integridad ética.

Qué establece el proyecto de la UCR

El eje central del texto es la incorporación de nuevas causales de inelegibilidad dentro de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos.

Según el proyecto, no podrán ser candidatos quienes tengan una condena penal a pena de prisión -aunque esté en suspenso o no firme- por una serie de delitos específicos .

Además, deja en claro un punto clave:

“La interposición de cualquier recurso y su eventual concesión no suspenderán en ningún caso su aplicación”

Esto significa que la restricción operaría desde el momento de la condena, sin esperar una confirmación definitiva.

Ficha Limpia: Qué delitos impedirían ser candidato

El proyecto establece un listado amplio y taxativo de delitos que inhabilitan para competir por cargos públicos. Incluye:

  • Delitos contra la administración pública (corrupción, malversación, etc.)
  • Delitos económicos y financieros
  • Delitos graves contra las personas (como homicidio)
  • Delitos contra la integridad sexual
  • Delitos contra la libertad (incluida la trata de personas)
  • Delitos contra la propiedad en casos agravados
  • Delitos contra el orden constitucional y los poderes públicos

La lógica del proyecto es clara: no se limita a hechos de corrupción, sino que abarca conductas consideradas incompatibles con el ejercicio de la función pública .

Control previo obligatorio para todos los candidatos

Uno de los cambios más concretos es la exigencia de presentar el Certificado de Antecedentes Penales al momento de inscribir candidaturas.

Los partidos políticos deberán incluir ese documento tanto en las elecciones primarias como en las generales. Si no lo hacen, tendrán un plazo de 24 horas para corregirlo o reemplazar al candidato.

En caso de incumplimiento, la sanción es directa: la lista puede quedar fuera de competencia por estar incompleta .

Impacto incluso después de las elecciones

El control no termina con la votación. El proyecto también contempla qué ocurre si se detectan antecedentes una vez finalizado el proceso electoral.

En ese caso, la situación deberá ser informada inmediatamente a la Cámara Legislativa correspondiente, lo que abre la puerta a posibles impugnaciones posteriores .

Ficha Limpia también para funcionarios

Otro de los puntos centrales es que la iniciativa no se limita a los candidatos.

El proyecto extiende el criterio de “ficha limpia” a toda la función pública, incorporándolo a la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública.

De esta forma, cualquier persona con condena por los delitos mencionados quedaría inhabilitada para ejercer cargos, incluso si no fue electa sino designada.

“Incurren en causal de idoneidad para el ejercicio de la función pública” quienes tengan condenas en esos términos

Más controles patrimoniales y administrativos

La iniciativa también refuerza los controles sobre los funcionarios en ejercicio:

  • Obliga a presentar certificado de antecedentes junto con la declaración jurada patrimonial al asumir
  • Exige actualizar esa información durante la gestión
  • Establece un plazo de 90 días para que quienes ya están en funciones cumplan con el requisito
  • Además, incorpora estas condenas al Registro Nacional de Reincidencia, fortaleciendo el sistema de control estatal .

El punto más polémico: condenas no firmes

El aspecto más discutido del proyecto es la aplicación de la inhabilitación a condenas que aún pueden ser apeladas.

Los autores sostienen que esto no viola la presunción de inocencia, sino que responde a criterios de idoneidad y ética pública.

En los fundamentos, remarcan que:

“La idoneidad comprende también la integridad ética y el compromiso con los valores de la democracia constitucional”

Y agregan que los derechos políticos pueden ser regulados mediante requisitos razonables, citando antecedentes internacionales.

El modelo Mendoza y su aplicación concreta

El proyecto toma como referencia la experiencia de Mendoza, donde una ley similar rige desde 2020.

Según se detalla en los fundamentos:

  • En las PASO de 2021, unas 12 personas fueron observadas sobre un total de 2.600 candidaturas
  • Todas fueron reemplazadas dentro de los plazos legales
  • No hubo impugnaciones judiciales exitosas contra la norma

Además, el control se integró al proceso electoral como una verificación más, al mismo nivel que otros requisitos como la paridad de género .

Un cambio de criterio en la política

La iniciativa plantea un giro en el concepto de idoneidad para la función pública, incorporando estándares éticos más estrictos.

Según el texto, no se trata solo de evitar casos de corrupción, sino de impedir que personas con antecedentes graves puedan ocupar cargos de representación. Con este enfoque, el proyecto busca cerrar una discusión que lleva años en la agenda política argentina: quiénes están en condiciones de ejercer el poder.

El proyecto completo a continuación:

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