En declaraciones a radio La Red este jueves 29/08, el ex titular de la UIA agregó que "mañana la inflación volverá a erosionar el salario" porque " hemos quedado como rehenes de una fórmula que va a quedar al arbitrio del ejecutivo, por eso nos parece clave que esto se incluya por ley y el ajuste ya quede comprendido".
También recordó las críticas que recibió del kirchnerismo: " Decían que éramos demagogos, que vendíamos espejitos de colores... ¿Qué hubo en el medio? Tres millones de votos para el Frente Renovador".
[ pagebreak ]
Desde el Congreso, con el titular del bloque de la UCR, Ricardo Gil Lavedra, el PRO, la Coalición Cívica, Unidad Popular, el GEN, el Frente Peronista, Libres del Sur y el Partido Socialista, entre otros, decidieron trabajar en un proyecto de ley mancomunado que incluya la "movilidad del piso de Ganancias y además la inclusión de los monotributistas y trabajadores autónomos en la exención del pago del tributo, que el Gobierno dijo que iba a atender pero no precisó cuándo ni cómo aún.
La oposición no tiene número para conformar el quórum que le permita abrir una sesión especial. Podría tenerlo tras los comicios del 27 de octubre, lo cual con los resultados de las PASO hasta ahora está lejos. Con lo cual el intento sería solo testimonial.
En tanto, el kirchnerismo fijó también para el 4 de setiembre la sesión ordinaria para tratar el proyecto del Poder Ejecutivo para crear los dos impuestos que tienden a ‘financiar’ la suba del mínimo no imponible de Ganancias: Uno gravará con una alícuota del 15% la compraventa de acciones y títulos que no cotizan en la Bolsa; el otro gravará con una tasa de 10% el reparto de dividendos de las empresas entre sus accionistas.
Estos proyectos serán debatidos en trámite exprés porque el martes próximo el Frente para la Victoria emitirá dictamen en la Comisión de Presupuesto y Hacienda para, al día siguiente, sancionar los proyectos en el recinto y elevarlos al Senado para su conversión en ley.
El artículo 2 del proyecto que debatirán los diputados el miércoles 4 de septiembre, grava con el Impuesto a las Ganancias "los resultados provenientes de operaciones de compraventa, cambio, permuta o disposición de acciones, títulos, bonos y demás título valores, obtenidos por personas físicas residentes y sucesiones indivisas radicadas en el país (...) que no coticen en Bolsas o mercados de valores".
Y el artículo 4 completa el nuevo alcance de Ganancias destinado a gravar la renta financiera: "Cuando la determinación de la ganancia neta de los sujetos comprendido en este artículo incluya resultados provenientes de operaciones de compraventa, cambio, permuta o disposición de acciones, títulos, bonos y demás título valores, los mismos quedarán alcanzados por el impuesto a la alícuota del 15%. Tratándose de dividendos o utilidades, en dinero o en especie, que distribuyan sus accionistas o socios las sociedades comprendidas en el inciso a) del artículo 69... estarán alcanzados por el impuesto a la alícuota del 10%”.