Si acepta el recurso del per saltum, la Corte directamente pasará a tratar, como lo pidió el Gobierno, sobre la constitucionalidad o no de los artículos 45 y 161 de la ley de medios, previa vista a la Procuración. Si, en cambio, rechaza el per saltum, la causa volvería a la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal para su pronunciamiento.
Ya hay un fallo de primera instancia, del juez civil y comercial federal Horacio Alfonso, que convalidó los artículos cuestionados al declararlos constitucionales.
Por otra parte, el alto tribunal tiene que resolver también el recurso extraordinario que el Gobierno presentó contra la prórroga de la medida cautelar autorizada por la Cámara.
La Corte ya cuenta con un dictamen contrario a la prórroga de la medida cautelar de la procuradora Gils Carbó, quien sostuvo que al prorrogar la cautelar la Cámara "se desvió de la decisión de la Corte" de fijar el fin de esa medida el 7 de diciembre pasado "desnaturalizándola y privándola de sentido".
La Corte ya rechazó el 10 de diciembre pasado el primer per saltum que el Gobierno presentó contra el fallo de la Sala I de la Cámara que había dictado la prórroga de la medida cautelar que tiene frenada la aplicación del artículo 161 de desinversión de la ley para el Grupo Clarín.
En aquel momento los jueces la rechazaron por "inadmisible" porque no se había salteado ninguna instancia que permitiera hacer uso del per saltum.
Ahora la situación es diferente, ya que hay un fallo de primera instancia. Si bien el fallo es favorable al Gobierno, la Corte podría entender que hay "gravedad institucional" y declarar procedente el recurso per saltum. La otra opción es rechazar el pedido al considerar que no le causa agravio el fallo del juez Alfonso.
Si se rechaza el per saltum, el caso volverá a la Sala I, integrada por los jueces Francisco de las Carreras, María Susana Najurieta y Ricardo Guarinoni.