Emilio Friedrich inició un amparo contra el INAI, para que se declare la nulidad de la resolución 90/20 por medio de la cual se reconoció a la Comunidad Lof Che Buenuleo la posesión “continua y tradicional” de 92 hectáreas en Bariloche, cuya propiedad invocaba.
Esa resolución fue apelada en recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero lo hizo una vez que se había vencido el plazo legal establecido para hacerlo
La CSJN rechazó el recurso del INAI, con lo que dejó sin efecto el otorgamiento de 481 hectáreas de tierras a la comunidad Lof Che Buenuleo, perteneciente al Pueblo Mapuche, en la provincia de Río Negro.
El 21/12/2021, la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal le dió la razón a Friedrich y declaró la nulidad de la resolución. Entendió que no se había cumplido con el procedimiento previo a su dictado, que tiende a resguardar los derechos de todos los interesados.
“El deber que recae sobre el Estado Nacional —derivado de nuestra Constitución Nacional y de las demás normas que a ella deben ajustarse— de asegurar a las comunidades indígenas el pleno goce, posesión y propiedad de las tierras que tradicional e históricamente ocuparon, no puede ser sino cumplido mediante la implementación de procedimientos administrativos (así como también legislativos y judiciales) que, con el objeto de llevar a cabo tal propósito, resguarden el derecho de defensa no sólo de los colectivos aborígenes sino también de los individuos cuyos intereses legítimos pueden verse directamente afectados por las medidas adoptadas”, señaló la Cámara en su sentencia.
Luego agregó que “el derecho a reivindicar la propiedad de los territorios aborígenes no es absoluto, al igual que todos los derechos consagrados en nuestra Ley Suprema […] circunstancia que justifica, aún más, la intervención de los sujetos cuyos derechos puedan verse efectivamente comprometidos”.
Contra esa decisión, el INAI presentó un recurso extraordinario, que le fue denegado.
Consecuentemente, presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero lo hizo una vez que se había vencido el plazo legal establecido para hacerlo.
En virtud de ello, la Corte rechazó el recurso por extemporáneo, quedando firme la sentencia de Cámara.
----------------
Más contenido en Urgente24:
Delta largó la venta para ir a famoso destino desde Ezeiza
Plazos fijos: Así quedan después del aumento del dólar blue
Resistencia a antimicrobianos: Por qué será "la próxima pandemia"
Entre Larreta vs. Bullrich, gana Javier Milei vs. Majul (¿?)
Pesca ilegal: Sindicatos piden atender a la "armada" china