En cuanto a los usuarios no residenciales, 303.636 que tienen servicio de agua y cloaca de pagar $23.102 van a tener que desembolsar $71.386, sin impuestos.
Tras el incremento de este mes, a partir del mes de junio habrá subas mensuales de acuerdo con una fórmula que combina la inflación y la evolución de los salarios, similar al índice que se utilizaba para aumentar los alquileres de propiedades.
Reducción de subsidios en AySA
Según argumentó AySA en las audiencias públicas, el objetivo de estos aumentos tarifarios es reducir en $440.000 millones los subsidios que paga el Gobierno.
El mes pasado, el secretario de Obras Públicas, Luis Giovine, dijo que el objetivo de los aumentos y de la paralización de obras era lograr el equilibrio económico financiero de AySA hacia el último trimestre de 2024.
"El acceso al agua potable y al saneamiento es un derecho reconocido a nivel internacional. La propuesta de adecuación tarifaria de Aysa surge en un contexto de urgente necesidad de replantear cómo valorizamos este recurso esencial", indicó el funcionario. "La tarifa del agua históricamente ha sido objeto de políticas inadecuadas que han promovido el despilfarro y la ineficiencia, comprometiendo la sostenibilidad financiera de la empresa. Administraciones pasadas mantuvieron tarifas artificialmente bajas, lo cual no solo desfavoreció el uso racional del agua sino que también impidió la realización de inversiones para mejorar la prestación del servicio", dijo por entonces el secretario de Obras Públicas.
Tarifa social
La resolución publicada este viernes aclara en el artículo 4to: “Aplíquese a los usuarios beneficiarios del Programa de Tarifa Social con beneficio vigente al momento de la entrada en vigor de la presente, un descuento adicional que neutralice el efecto de la aplicación de las modificaciones tarifarias establecidas en los artículos 1° y 2°, descuento que se mantendrá hasta la fecha de renovación o cese de tal beneficio”.
Y el artículo 5to agrega: “Aplíquese a los usuarios beneficiarios del Programa de Tarifa Social que se incorporen al mismo a partir la publicación de la presente, un descuento adicional que neutralice el efecto de la aplicación de las modificaciones tarifarias establecidas en el Artículo 2°, desde la fecha de su respectiva incorporación al Programa, hasta la fecha de renovación o cese de tal beneficio.”
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