Demostraron las falsedades
El fallo revirtió una decisión judicial anterior de Juan Carlos Vallejos: “Corresponde la percepción del beneficio desde el momento en que operó la suspensión preventiva –diciembre de 2023– hasta el momento en que los accionantes fueron reactivados en los nuevos programas, respectivamente”.
Además, los camaristas remarcaron que “los amparistas lograron acreditar de manera fehaciente el error o falsedad de los datos que sirvieron de sustento para el dictado de la resolución 17/2023 y, por consiguiente, su manifiesta ilegitimidad y/o arbitrariedad”.
Los beneficiarios a los que el Gobierno deberá pagarles se dedicaban en Corrientes a trabajos de albañilería, carpintería, costura, comidas y servicios de limpieza.
Con el fallo judicial, el gobierno deberá pagarles a esos beneficiarios los planes desde diciembre de 2023 a marzo de 2024, ya que fueron dados de baja sin justificación.
Los jueces de Corrientes Mirtha Sotelo, Selva Spessot y Luis González resolvieron que estas personas habían sido apartados del beneficio de acuerdo a “datos erróneos y/o falsos”.
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