Creación, edición, producción, difusión y/o publicidad de contenido audiovisual” que se utilicen o reproduzcan en redes sociales, aplicaciones y plataformas digitales “y otras actividades económicas vinculadas a creadores de contenido Creación, edición, producción, difusión y/o publicidad de contenido audiovisual” que se utilicen o reproduzcan en redes sociales, aplicaciones y plataformas digitales “y otras actividades económicas vinculadas a creadores de contenido
La normativa alcanza fiscalmente a la criptominería y las transacciones digitales.
Se observa además que resulta de una actualización de las modificaciones introducidas al “Clasificador de Actividades Económicas” (CLAE) que introdujo la resolución que lleva la firma de la ahora ex jefa de Arca.
Aplicación y alcances
La aplicación del nuevo CLAE implica la identificación de los creadores de contenidos digitales y general de hecho una “base imponible” que abarca al universo de instagramers, bloggers, youtubers, tiktokers y todo tipo de influencers que en adelante deberían facturar por sus servicios, sin posibilidad de elusión impositiva, porque incluso los canjes se calcularían a valor de mercado.
Cuando la iniciativa y sus eventuales efectos llegaron a su conocimiento, el presidente Javier Milei, participante activo del mundo digital y partidario de una interferencia mínima del Estado en la actividad económica en general y en las nuevas tecnologías en particular, ordenó rever la medida.
De acuerdo con información que replica el medio Infobae, el presidente ordenó determinar qué funcionarios intervinieron en la elaboración de la resolución, altamente técnica y con numerosos artículos que disponen reemplazos de ciertas descripciones de actividad por otras, por lo que la responsabilidad recaería sobre los técnicos, probablemente de nivel de directores o subdirectores, que luego fueran desplazados.
Apoyo del Presidente a nuevas tecnologías
Una vez sumados al código CLAE e identificados, los influencers deberían pagar una larga lista de impuestos nacionales y quedarían también al alcance de los fiscos provinciales, lo que no solo gravaría su actividad sino que podría incluso cortar todo un ecosistema de desarrollos tecnológicos y creativos.
Qué tributos pagarían
Los impuestos potencialmente aplicables serían monotributos, IVA, Ingresos personales (antes llamado impuesto a las Ganancias). Los influencers estarían obligados a pagar aportes al sistema de seguridad social (jubilaciones) y facturar los ingresos por sus servicios.
Otros alcanzados
Serían alcanzados por los fiscos provinciales, según donde estuviesen inscriptos, tocarían Ingresos Brutos y, en el caso de las provincias adheridas al monotributo unificado, un monotributo provincial, que debería pagarse junto con la liquidación de ingresos brutos.
Los cambios al CLAE también llegarían a operaciones con criptomonedas, porque la Resolución 5.607 actualizó el nomenclador de actividades realizadas con criptoactivos, incluyendo actividades de cripto minado, sobre las cuales se diferencia según se realicen con equipos propios o alquilados.
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