A partir del 1° de octubre se sumará el resto de la actualización pendiente, con lo cual se aplicarán en forma plena los montos derivados de la inflación acumulada de 2024 y del primer semestre de 2025.
Surtidores.
El decreto 770/2024 había prorrogado los efectos de las actualizaciones correspondientes al segundo, tercer y cuarto trimestre de 2024, así como al primer trimestre de 2025. Todos esos incrementos comenzarán a regir desde septiembre, junto con la actualización correspondiente al segundo trimestre de 2025.
El gobierno venía postergando la suba del impuesto
La norma deroga al Decreto 466/2024, que había dispuesto la postergación sistemática de estos incrementos con el objetivo de evitar un mayor traslado a precios en un contexto de alta inflación y caída del poder adquisitivo, quedará sin efecto, aunque sin impacto retroactivo sobre los hechos imponibles perfeccionados hasta el 31 de agosto.
Durante más de un año, mediante sucesivas resoluciones, el Gobierno había decidido diferir la entrada en vigencia de la suba de los impuestos, lo que significó un alivio relativo para los automovilistas pero un costo fiscal creciente para el Estado.
Con el nuevo esquema, el Poder Ejecutivo busca retomar el sendero de recaudación previsto por la Ley 23.966, que establece la actualización trimestral de estos tributos en función del Índice de Precios al Consumidor informado por el INDEC.
Desde enero de 2018, el cálculo se realiza en base a la inflación acumulada, lo que en un país con persistente suba de precios genera saltos significativos cuando los ajustes se postergan y acumulan.
El Decreto lleva la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo.
Y en sus considerandos, argumenta que la decisión de escalar los aumentos responde a la necesidad de "continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible", al tiempo que se busca dar previsibilidad a las empresas y consumidores sobre la evolución de los precios.
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