La AFIP podría considerar la exclusión de un monotributista que no haya facturado durante un período prolongado, aunque no especifica el plazo exacto. Además, incluso si no se facturan ventas, el pago de la cuota del monotributo sigue siendo obligatorio durante ese tiempo.
Por lo tanto, si existen circunstancias que afecten tus ventas a largo plazo, como un cambio a empleo asalariado, es aconsejable consultar a un contador público y considerar la baja voluntaria del monotributo. Esto permitirá una eventual reactivación sin problemas si decidís retomar la actividad por cuenta propia.
Demostración de ingresos como monotributista
Una pregunta común para los monotributistas es cómo demostrar sus ingresos en situaciones como solicitar una tarjeta de crédito o justificar el origen de fondos al banco.
La presentación del comprobante de inscripción al monotributo, la facturación de los últimos 6 meses y, en casos relevantes, la inscripción en Ingresos Brutos, son las formas más sencillas de demostrar ingresos.
¿Cuánto es lo máximo que se puede facturar cómo monotributista?
Actualmente el monotributo admite dos tipos de " topes máximos de facturación":
- por un lado, el límite anual establecido en cada categoría
- y, por otra parte, el límite del precio por producto individual.
Este último caso solo aplica a la venta de bienes muebles, por lo que no existe ninguna limitación en el caso de los servicios.
monotributo-afip
Atención para aquellos que están inscriptos al Monotributo, porque podrían calificar para el beneficio de hasta $70.000 que otorga ANSeS
En este sentido, los límites vigentes para el monotributo son:
- Categoría A $1.414.762,58
- Categoría B $2.103.025,45
- Categoría C $2.944.235,60
- Categoría D $3.656.604,33
- Categoría E $4.305.799,15
- Categoría F $5.382.248,94
- Categoría G $6.458.698,71
- Categoría H $7.996.484,12
- Categoría I $8.949.911,06
- Categoría J $10.257.028,68
- Categoría K $11.379.612,01
Es importante que tengas en cuenta que si te dedicás a las locaciones y prestaciones de servicios, la categoría máxima es la "H", por lo que las categorías "I", "J" y "K" son exclusivamente para la venta de bienes muebles. Con respecto al monto máximo que puede valer un bien mueble, el límite actual es de $85.627,66.
¿Qué pasa si un monotributista factura más de lo debido?
Si un monotributista factura más del monto "máximo" establecido pueden suceder dos situaciones:
-
Recategorización: en el caso de superar el monto máximo establecido por AFIP, corresponderá que te recategorices en la categoría que admita el monto que facturaste
-
Pérdida de la condición de monotributista: en el caso de superar el monto máximo de la última categoría para tu actividad ("H" en el caso de locación y prestación de servicios y "K" si es venta de bienes muebles) perderás la condición de monotributista, teniéndote que inscribirte en el Régimen General
Cabe recordar que la recategorización se hace en dos fechas: por un lado, la primera es el primer día de enero hasta el día 20 y la segunda desde el 1 de julio hasta el 20.
Más noticias en Urgente24
Tras El Encargado, Guillermo Francella vuelve a Netflix
Kia quiere desterrar a Toyota y su éxito argentino
Mercado Pago en alerta por estafas con la tarjeta virtual
La playa paradisíaca oculta en Perú que es como El Caribe
La miniserie de Netflix que te hará dudar de todo