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No son compensables aquellos plazos fijos que poseen una modalidad específica (ej. precancelables, ajustables con cláusula CER, UVas, etc.) ni los que se hayan realizado electrónicamente (por cajero, Home Banking, teléfono, etc.), ya que es necesario poseer el documento físico para presentarlo en otra entidad.
- Los plazos fijos que fueron captados a tasa superiores a la de referencia, y los que hayan contado con incentivos o retribuciones especiales diferentes de la tasa de interés, no se encuentran garantizados por el Seguro de Garantía de los Depósitos.
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Los plazos fijos no pagan ganancias ni otros impuestos. Durante los últimos años hubo algunas modificaciones importantes en el ámbito tributario de las inversiones. Hasta comienzos del año 2020 todos los plazos fijos pagaban impuesto a las ganancias. Actualmente, solamente paga ganancias un plazo fijo que se encuentre constituido en dólares y el plazo fijo UVA.
Para el caso de los plazos fijos en la moneda nacional, no se pagan más impuestos. Es muy importante conocer los detalles como el cálculo de su ganancia de la inversión, ya que no todos los plazos fijos en dólares o en UVA pagarán, solamente aquellos que superen el mínimo no imponible del año 2020 que es de $123.862.
- Desde que en nuestro país se encuentra vigente la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, que fue aprobada por las entidades gubernamentales correspondientes, los plazos fijos en pesos no tributan más impuestos. En periodos anteriores, los plazos fijos constituidos en la moneda nacional pagaban impuesto a la renta financiera. Se debe tener muy en cuenta que los plazos fijos en pesos que se hayan creado en el 2019 todavía pagan impuesto con una alícuota correspondiente al 5% del excedente sobre el mínimo no imponible correspondiente a ese periodo, se puede considerar como una excepción a la regla.
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Los plazos fijos no pagan impuestos a los bienes personales. El impuesto a los bienes personales se debe pagar cuando dispone de inmuebles, vehículos o dinero en alguna cuenta de banco si su patrimonio declarado ante el fisco tiene un valor mínimo de dos millones de pesos. En el caso de un plazo fijo no se paga impuesto a los bienes personales. En este caso, no importa si es en pesos, dólares o UVA, ningún tipo de plazo fijo paga este impuesto.
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