Ghana
Timerman lleva como único tema de agenda la "detención ilegal de la Fragata Libertad en Ghana, en cuanto se trata de un preocupante precedente para la navegación mundial debido a que un juez ghanés ha decidido no respetar la inmunidad de una embarcación militar reconocida por el Derecho Internacional Público del que Ghana es parte", según indica el texto.
Con el secretario general de las Naciones Unidas analizará una situación que "afecta directamente al sistema de inmunidades de los Estados que rige a la comunidad de naciones".
La jornada de reuniones incluirá también una reunión con el presidente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, embajador Gert Rosenthal, en las oficinas de la Presidencia del Consejo de Seguridad.
La Fragata Libertad se encuentra retenida en el puerto de Tema, cercano a la ciudad ghanesa de Accra, desde el pasado 2 de octubre, luego de que la Justicia de ese país hiciera lugar a un reclamo de embargo de un grupo de acreedores internacionales que no accedieron al canje de deuda implementado por la Argentina.
Ayer, la presidente Cristina Fernández ordenó la evacuación de la nave, y que toda la tripulación regrese al país hasta tanto se resuelva el conflicto.
Según el diario 'Ambito Financiero', la Argentina no descarta incluso romper relaciones con Ghana, si en un tiempo corto no se libera la fragata Libertad del puerto de Tema.
Por ahora, todos los cañones serán dirigidos contra ese Gobierno del Estado africano que encabeza John Dramani Mahama. Hoy Timerman lo acusará ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de violaciones a los derechos humanos y al tratado de Viena.
Luego, comenzará la acusación formal para lograr la libertad de la fragata ante el tribunal de las Naciones Unidas que regula el Derecho del Mar, la Corte internacional de Hamburgo.
Según el mismo matutino, en paralelo, y casi en secreto, se desplegará el operativo para repatriar a gran parte de la tripulación de la fragata Libertad. Será a través de un vuelo chárter contratado por el Gobierno argentino, posiblemente a South African Airways o alguna empresa brasileña (Tam) o europea (Alitalia).
La decisión de contratar un chárter es para evitar un embargo a una aeronave de Aerolíneas Argentinas, dato que fue aportado por la delegación argentina en Ghana que encabezan los viceministros de Cancillería, Eduardo Zuain, y de Defensa, Alfredo Forti.
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Los marinos deberán terminar de firmar un brocrático, molesto y sospechoso papeleo que les permitiría salir del país por una vía diferente de la de su ingreso. La misión de la Libertad llegó al puerto de Tema a través de un permiso de tránsito por el mar, y como integrantes de un buque escuela. Su salida por un aeropuerto no estaría permitida a priori, y necesitarían un permiso y visado especial del Gobierno ghanés que se está tramitando en estas horas. Hasta que no termine este papeleo obligatorio, no habrá una declaración formal de empeoramiento en las relaciones entre la Argentina y Ghana.
La base de la presentación futura contra Ghana será por la aplicación y eventual violación de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CDM), considerada como la Constitución de los océanos. Este tratado fue aprobado el 30 de abril de 1982 en Nueva York y abierto a su firma por parte de los Estados en diciembre de ese año en Bahía Montego (Jamaica), en la 182ª sesión plenaria de la III Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Entró en vigor el 16 de noviembre de 1994, después de la 60ª ratificación (realizada por Guyana).
El tratado fue certificado inmediatamente tanto por la Argentina como por Ghana. El órgano de aplicación es el Tribunal Internacional de Hamburgo, Alemania, donde la Argentina podría apelar a dos tribunales particulares: la Sala de Controversias o la Sala de Procedimientos Sumarios. En el primero, operan los votos de los 21 miembros, y la intención argentina es que falle la liberación de la nave, aplicando el artículo 292 de la Convención, donde se habla de la "liberación de buques y sus tripulaciones (artículo 292 de la Convención)".
Según ese artículo, los buques de guerra y otros buques de Estado destinados a fines no comerciales están protegidos por inmunidad soberana y, en consecuencia, son libres de requisas y embargos. La Argentina también evalúa llegar a la Sala de Procedimientos Sumarios. En este caso, se buscará que esta Corte determine que la retención de la fragata viola derechos humanos y de navegación de manera visible, con lo cual merecería un tratamiento sumario (de rapidez extrema) para su liberación. Antes de cualquier presentación ante la Corte de Hamburgo, el Gobierno deberá hacer su planteo ante las Naciones Unidas, el procedimiento que hoy hará Timerman en la sede del organismo en Nueva York.
Derecho a la información
En cuanto a la denuncia contra la Arentina, es un informe presentado en el marco del Examen Periódico Universal (EPU), un proceso que involucra a los 192 estados miembros de las Naciones Unidas y en virtud del cual los Estados se someten a la revisión de sus partes cada 4 años. El sistema de revisión fue creado por la Asamblea General de la ONU en 2006 y es un elemento esencial del Consejo de Derechos Humanos de la ONU. La Argentina es evaluada por 2da. vez el lunes 22/10, en Ginebra, Suiza.
El informe cuestiona la falta de una ley de acceso a la información y denuncia la forma en que esa carencia afecta el derecho de acceso a la información en la Argentina, cuya plena vigencia es fundamental en una sociedad democrática. Abarca los últimos 4 años (2008-2011), durante los cuales se experimentaron serios retrocesos en materia de acceso a la información a nivel federal.
En efecto, el régimen de acceso actualmente vigente –establecido por medio de un decreto del Poder Ejecutivo de la Nación en 2003— ha demostrado ser insuficiente para proteger y promover este derecho fundamental. El órgano de aplicación administrativo mostró ser incapaz de promover las políticas de transparencia necesarias para terminar con la cultura del secreto que persiste en muchas áreas del Estado argentino.
Estas falencias señalan la necesidad imperiosa de la sanción de una ley de acceso a la información de acuerdo a los estándares internacionales en la materia. Ello sería un remedio apropiado para una situación grave que no sólo hace al derecho de acceso a la información pública sino también a otros derechos humanos que se ven afectados por la opacidad y falta de transparencia del Estado. La omisión del Congreso de la Nación en la sanción de esa ley necesaria importa una violación específica del derecho de acceso a la información, así como las prácticas que –en distintas áreas del Estado— conspiran contra la transparencia.