Votás o sale castigo
Dicho de una manera aggiornada la norma deja claro que sino se vota habrá que pagar una multa o hacerse cargo de castigos como no resolver trámites, si estamos afuera de los grupos exceptuados.
En caso de no presentarse cuentan 60 días para recibir la multa del caso. Hay una salvedad, Los mayores de 70 años no están obligados a votar
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Acá no hay mano negra o votas o pagas la multa, por lo menos así lo manda la Ley
Cómo saber si nos toca multa
A la hora de interesarnos por los castigos formales tenemos que ir a a la web del Registro de Infractores, donde veremos un registro histórico de su participación electoral y las sanciones pendientes.
Exentos de votar
El artículo 125 de la Ley de Ciudadanía argentina, (Código Nacional Electoral) fija que
"los jóvenes mayores de 16 años y menores de 18, como los mayores de 70, no estarán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar, en caso de no presentarse a sufragar".
En estos casos, la emisión del voto es opcional y de no participar de las elecciones, su ausencia no necesita ser justificada.
¿Y cuánto tengo que pagar?
Las multas por lo menos hoy van de $50 a $500 para los mayores de 18 años y menores de 70 años que no cumplan con el deber cívico de sufragar y no puedan justificar su ausencia. Lo fija el Código Nacional Electoral, artículo 125, en el apartado “faltas electorales”.
Quienes no abonen la multa pasará a ser "infractores" lo cual implica no hacer trámites durante un año, como el pasaporte, ni cumplir funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
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