La Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael, integrada por Gonzalo Rivero, Mariana Carayol y Javier Castrillejo, fijó originalmente la indemnización en cerca de $1.500 millones, suma compuesta por $227 millones de capital y más de $1.200 millones en intereses y costas.
Pero Canido apeló el fallo y la disputa llegó a la Corte de Mendoza, que admitió parcialmente el recurso y redujo la cifra en más de medio millón de dólares: finalmente, determinó que debe abonar $ 807.676.293,72, suma que genera intereses hasta el pago total, estipulado en un plazo de cinco días hábiles.
El máximo tribunal, conformado por Omar Palermo, Norma Llatser y Mario Adaro, sostuvo la condena principal por despido y relación laboral encubierta, pero modificó la forma de calcular los intereses, aplicando la tasa de préstamos de libre destino del Banco Nación y tomando en cuenta el perfil económico del trabajador.
Fallo "insólito y absolutamente fuera de contexto”
Como se mencionó al principio, el empresario y fundador de la firma, Orlando Canido, cuestionó la decisión de la Justicia mendocina al considerar que se trata de un fallo "insólito y absolutamente fuera de contexto", expresó su sorpresa ante la medida judicial y remarcó que la resolución no se ajusta a las circunstancias del caso.
"No sé cuánto podía ganar como vendedor, no sé qué cuenta hacen para llegar a esas cifras", dijo el empresario. Sobre la relación de empleo, agregó: "A lo mejor tenía tres provincias y le dejaron una y por eso hizo juicio".
Los jueces analizaron el caso bajo el principio de "primacía de la realidad", al considerar que existía una relación de dependencia laboral encubierta, y rechazaron el argumento de la empresa que negaba el vínculo laboral.
En tanto, también desestimó el rubro previsto en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, relacionado con la entrega de certificados laborales, pero ratificó la procedencia de las principales indemnizaciones, entre ellas la del artículo 245 de la misma ley.
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Refres Now S.A. es la firma dueña de Manaos y también Cunnington, de Orlando Canido.
Durante el juicio, se expuso que el trabajador firmó acuerdos ante el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria de CABA con abogados que no conocía, lo que puso en duda la transparencia de las negociaciones. Además, la Justicia determinó que ciertos acuerdos, supuestamente de desvinculación, no reflejaban la situación real, ya que el empleado continuó prestando servicios sin interrupciones.
Como parte de la sentencia, la Corte dispuso que la empresa pague la suma en un plazo de cinco días. Y el fallo, dictado en el contexto del debate nacional sobre la reforma laboral, se convirtió en un precedente relevante para conflictos similares, tanto por el volumen económico involucrado como por la interpretación judicial sobre la registración laboral y el cálculo de intereses en casos de despido.
Otro punto relevante es la trayectoria de los magistrados involucrados en la decisión: Norma Llatser cuenta con experiencia como camarista laboral y Mario Adaro fue subsecretario de Trabajo y Seguridad Social en Mendoza, antecedentes que aportaron una mirada especializada al análisis del caso.
Críticas al sistema laboral
"Se pagará", fueron las palabras del empresario ante la consulta sobre el fallo que lo obliga a desembolsar la cifra récord.
Es que si bien los abogados de Manaos tienen una última y excepcional carta judicial para jugar ante la Corte nacional presentado una "queja por recurso extraordinario denegado" directamente ante la Corte Suprema de la Nación, la interposición de esa queja no suspende la ejecución de la sentencia, salvo que el máximo tribunal disponga lo contrario.
Y es una jugada riesgosa: Para que prospere, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti deberían considerar que el caso plantea una "cuestión federal" suficiente o que la sentencia es "arbitraria", en contra de lo ya resuelto por la Corte provincial. Es una apuesta difícil...
Por eso, y más allá del caso puntual, Canido aprovechó para sentar posición sobre la litigiosidad en el sector productivo.
Según su visión, el marco legal actual incentiva al empleado a buscar beneficios económicos rápidos a través de juicios. "Ve la posibilidad de ganar plata sin trabajar y no lo duda un segundo. Trata de sacar el mejor provecho", sentenció el empresario al referirse al comportamiento de quienes inician este tipo de demandas.
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