Por otro lado, Kamerbeek denunció también que "en el banco Patagonia, la apertura de cuentas de caja de ahorro para recibir la jubilación no la hace el beneficiario, la hace directamente ANSES. Por lo tanto el banco está en convivencia con ANSES, lo que también es una cuestión fraudulenta muy gruesa".
Un caso resuelto, miles en espera: $200 mil por un seguro que nunca solicitó
Una clienta mayor logró enterarse que el Banco Patagonia la había suscripto a un seguro que ella nunca había solicitado ni dado su consentimiento. La maniobra es repetida por parte del agente financiero de la provincia de Río Negro, que maneja las cuentas de todos los empleados públicos y también de los jubilados.
De manera arbitraria y sin consentimiento alguno suscriben al titular de la cuenta a uno o más seguros que estarán a cargo de la compañía Sura Seguros. Además de los descuentos por mes, el damnificado también sufre cada vez que intenta tramitar la baja de un servicio que no solicitó.
En este caso, la clienta del banco es una persona mayor que cobra su jubilación en una cuenta del Banco Patagonia y en pandemia debió hacerse un usuario de Home Banking para poder pagar sus impuestos. En la demanda presentada ante el Juzgado de Paz de Cinco Saltos, explicó que con la ayuda de su nieta logró saber como se manejaba y con el paso del tiempo logró tener un control de su cuenta y allí fue que se dio cuenta que el banco le reliazaba descuentos bajo el concepto de Seguros Sura.
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Al ser montos bajos y entrar dentro de la denominación menor cuantía, la demanda recayó en la Justicia de Paz que falló a favor de la clienta, a quien consideró como “consumidora hipervulnerable” por su edad y por ser considerada grupo de riesgo.
La sentencia no solo condenó a Seguros Sura a dar de baja el servicio sino que le impuso la devolución del dinero descontado, el pago de una suma por daño moral y de una multa civil por daño punitivo. En total la demanda prosperó por 205.051,49 pesos.
En el fallo queda claro el vínculo asimétrico entre la aseguradora y la mujer. Y por ello consideró que la anciana participa del concepto que la doctrina ha dado en llamar “consumidor hipervulnerable” situación que la hace merecedora de un plus de protección debido a su condición de adulta mayor. Que existe una brecha digital generacional -tal como lo ha reconocido la Convención Interamericana sobre Derechos de las Personas Adultas Mayores- a lo que cabe añadir que, en el contexto de pandemia, eran consideradas personas de riesgo.
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