El Poder Ejecutivo Nacional recurrió en contra de la sentencia del grado que declaró la inconstitucionalidad del límite de edad, alegando que tal determinación es arbitraria, pues resulta excesivo sostener que la norma impugnada del Decreto incurre en un exceso reglamentario, en cuanto es competencia del Poder Ejecutivo establecer los requisitos para acceder a un cargo titular de un Registro Seccional, de modo que el límite de la edad resulta un recaudo objetivo y debe presumirse legítimo.
Pero la Corte Suprema desestimó la impugnación. Y con este antecedente, buscarán que Rodolfo Barra, pese a sus 75 años, puede asumir al frente de la Procuración del Tesoro. Sin dudas, habrá más polémica...
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