Además añadió el "delito tipificado en el art. 29 de la Constitución Nacional que establece la responsabilidad y la pena de infames traidores a la patria a quienes ejerciten actos que impliquen arrogarse la suma del poder público o que ubiquen al Presidente en una posición de supremacía por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a su merced y de su Gobierno".
"La ley penal vigente en nuestro país castiga a todo funcionario que dicte una resolución contraria a la Constitución y las leyes. En este caso, la conducta tanto del Presidente como de todas aquellas personas involucradas en la redacción del DNU se encuentran encuadrados en este accionar", aseguró Aguiar.
denuncia-cij.jpg
La denuncia registrada en la página del Centro de Información Judicial.
"Por más que se trate del Presidente, no puede arrogarse facultades extraordinarias o pretender la suma del poder público. Eso también está penado en el artículo 248 del Código Penal", agregó.
"No sólo estamos frente a un caso de abuso de la autoridad, sino que además el Ejecutivo pretende arrogarse facultades propias de los otros poderes. Por eso el delito también podría ser tipificado como una usurpación de título (art. 243, inc. 3, del C.P.)", sostuvo
"Luego de hacer un estudio pormenorizado con todos nuestros asesores jurídicos, y bajo el convencimiento que las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo que están afectando a toda la ciudadanía son ilegales, hemos decidido hacer esta presentación", concluyó el dirigente sindical. .
La denuncia penal se suma a los 4 pedidos amparos que ya fueron presentados, por otro lado, en la jurisdicción contencioso-administrativa.
Más contenido de Urgente24
'Poroteo' cotidiano de Urgente24 sobre el DNU de Milei: El rechazo tiene un 'piso' alto
En X, choque brutal del colectivo libertario por doxing
SEDI para importar, a partir de este 27/12: Cómo funciona
Manuel Adorni habló de los temas más "calientes" de la semana