La aparición de muchos candidatos para las próximas elecciones que se hallan condenados por la justicia penal, reavivó el debate sobre el punto y motivó que se presentaran varias iniciativas propiciando la modificación de la ley para incorporar dicho supuesto y que no se espere hasta la terminación del proceso, entre las que pueden mencionarse los de las diputadas del oficialismo Silvia Lospennato y Marcela Campagnoli.
Se trata de una ley inspirada en la experiencia de Brasil, lo que dio origen a una iniciativa del entonces presidente Lula Da Silva, propiciando en 2010 la ley que impide, a quien haya sido condenado, presentarse como candidato.
Esa norma, se volvió luego en contra de Lula ya que fue lo que le impidió competir por la primera magistratura en las últimas elecciones, en virtud de la pena que se le impusiera.
El proyecto argentino ya había recibido dictamen de Asuntos Constitucionales en noviembre del 2017, pero nunca llegó al recinto y perdió estado parlamentario.
El proyecto que discuten los diputados propone incluir un inciso al artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos (23.298) para fijar la incompatibilidad para postularse a cargos electivos en personas condenadas en segunda instancia por los delitos de cohecho y tráfico de influencias; malversación de caudales públicos; y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas.
El texto prevé la prohibición de candidaturas para los condenados por exacciones ilegales; enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados; encubrimiento; fraude en perjuicio de la administración pública; traición y delitos que comprometan la paz y dignidad de la Nación.
La imposibilidad de presentar candidaturas se extenderá desde que exista sentencia condenatoria confirmada en segunda instancia del proceso hasta su eventual revocación posterior o bien hasta el cumplimiento de la pena correspondiente.
El objetivo sería que la iniciativa entre plenamente en vigor para las elecciones legislativas del 2021.