Carrizo y Carbajal sostuvieron que el juez “incurrió en conductas contrarias al principio de imparcialidad y al decoro judicial”, además de omitir la aplicación de la Ley 26.061 de Protección Integral de la Infancia, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Por esa razón, pidieron a la Comisión de Disciplina del Consejo de la Magistratura que evalúe sanciones en los términos del artículo 14 de la Ley 24.937, que regula el régimen disciplinario de los jueces.
Ian Moche y Milei: Una situación de asimetría
Los diputados advirtieron que la decisión del juez es particularmente grave porque la causa enfrentaba a un niño con discapacidad contra el Presidente de la Nación, en un contexto de desigualdad evidente y asimetría de poder.
“La Justicia no puede convalidar el abuso de poder ni desproteger a la infancia. Cuando se trata de niñas, niños y adolescentes, y en particular de quienes tienen discapacidad, corresponde exigir el máximo respeto de las garantías que establece nuestro orden jurídico”, señalaron en la denuncia.
Por último, será la Comisión de Disciplina del Consejo de la Magistratura quien deberá ahora analizar la presentación y definir si corresponde abrir un proceso disciplinario contra Recondo por su accionar.
La denuncia al juez a continuación:
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