En ese sentido, sostuvo que “la decisión de Presidencia de la Nación de cursar una invitación […] constituye un uso razonable de la discrecionalidad de las decisiones presidenciales”.
El informe detalla que la aeronave utilizada, un Boeing 757-200 con capacidad para 39 pasajeros, no estaba completa durante el viaje.
Un viaje con plazas vacías
El dictamen destaca que durante los trayectos realizados entre el 6 y el 11 de marzo, la comitiva oficial estuvo integrada por entre 10 y 14 personas, lo que dejó más de diez asientos disponibles en cada tramo.
Ese dato fue clave para la fiscalía, que entendió que la presencia de la esposa del funcionario no implicó ningún uso indebido del recurso estatal.
Gastos de estadía y pasajes bajo análisis
Otro de los ejes investigados fue el costo del viaje. Según el dictamen, los gastos de alojamiento en Miami y Nueva York fueron cubiertos sin generar un impacto adicional para el Estado.
En concreto, se detalló que los hoteles “fueron facturados a nombre de Adorni y pagados con tarjeta corporativa”, pero se trataba de habitaciones dobles, por lo que no hubo costo extra por la presencia de un acompañante.
En cuanto a los viáticos, la fiscalía confirmó que no se liquidaron gastos por alimentación ni movilidad para Angeletti.
El pasaje de regreso y el gasto estatal
Respecto al retorno desde Nueva York, se estableció que el pasaje de la esposa de Adorni “no fue pagado por el Estado ni emitido por la agencia oficial”.
En cambio, el regreso del jefe de Gabinete sí fue cubierto con fondos públicos, con un costo de 4.900 dólares, en línea con la normativa vigente que permite a funcionarios de alta jerarquía viajar en clase ejecutiva.
El origen de la causa
La investigación se inició a partir de una denuncia presentada por el abogado Gregorio Dalbón, luego de que trascendiera la participación de Angeletti en el viaje oficial durante la denominada “Argentina Week”, realizada en marzo de 2026 en Estados Unidos.
La presentación planteaba que la inclusión de la esposa del funcionario en la comitiva podía constituir malversación de fondos públicos o un uso indebido de bienes estatales.
Sin perjuicio económico, no hay delito
Tras las medidas de prueba, la fiscalía concluyó que no se verificó ningún daño al erario público.
El dictamen remarca la “ausencia de perjuicio patrimonial” y sostiene que la presencia de Angeletti “no generó ningún costo adicional ni erogación extraordinaria”.
En esa línea, se concluyó que el uso del avión presidencial se mantuvo dentro de los márgenes legales y no alteró la finalidad del viaje oficial.
El argumento final: atipicidad
Como cierre, la fiscal Mangano sostuvo que el hecho denunciado no encuadra en ninguna figura penal.
Explicó que, “al no haber un destino diferente de los fondos ni un perjuicio económico, no se configuran los elementos del artículo 260 del Código Penal”, lo que refuerza el pedido de archivo.
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