También hay que recordar que, el Gobierno, a través de la subsecretaria Legal del Ministerio de Capital Humano, Leila Gianni, había hecho una presentación judicial cuando el juez Sebastián Casanello pidió el plan de distribución de alimentos.
En esa línea, lo que planteó Gianni es que la Justicia se estaba entrometiendo en políticas públicas que debe definir el Ejecutivo, un argumento que ahora Pettovello intenta llevar a la Corte.
“Del análisis realizado en razón de lo previsto por los artículos 444 y 465 del CPPN, surge la inadmisibilidad de la vía intentada, pues la recurrente no logra rebatir de modo concreto y acabado los argumentos expuestos en la resolución impugnada. Ello priva al recurso de la fundamentación requerida”, indica la resolución de Casación.
Intromisión de la Justicia
En otras palabras, el Gobierno de Javier Milei considera como una “intromisión indebida del Poder Judicial en competencias propias del Poder Ejecutivo que afecta su capacidad de respuesta inmediata y su ejercicio de competencias en la distribución de recursos alimentarios”.
La medida fue dispuesta por unanimidad por los jueces Angela E. Ledesma, Guillermo J. Yacobucci y Alejandro W. Slokar, quienes precisaron que el recurso interpuesto por Gianni no es contundente para cuestionar los argumentos del caso que contempló Sebastián Casanello en primera instancia.
Casanello había pedido al Ministerio de Capital Humano que informe qué cantidad de alimentos destinados a comedores sociales tenía almacenados y que presentara un plan para su inmediata repartición.
Garantizar la continuidad de los planes alimentarios
Horas atrás, en tanto, el juez Walter Lara Correa, del fuero Contencioso Administrativo, hizo lugar a una solicitud contra Pettovello pero le pidió no discontinuar su metodología. El magistrado le ordenó garantizar la continuidad de los programas y planes alimentarios que brindan los comederos y merenderos comunitarios.
Asimismo, consideró que la cartera del Gobierno “no innove respecto de los planes y programas” referidos a la distribución de alimentos, que “deberán ser cumplidos de manera cabal, estricta y sin dilación o interrupción alguna”.
A pesar de su fallo, la Justicia interpreta que no obstaculiza “las facultades que posee el Poder Ejecutivo Nacional de reestructurar, revisar y auditar la ejecución de los diferentes programas y/o planes. Así como tampoco, la potestad de creación de nuevos programas complementarios siempre que el colectivo identificado y, a quien se encentra dirigida el programa satisfaga de manera efectiva su derecho”.
Juan Grabois no para
Por último, según publicó el portal Infobae, el dirigente social Juan Grabois estudia presentar una ampliación de la denuncia contra Sandra Pettovello por los presuntos delitos de malversación, incumplimiento los deberes de funcionario público, abuso de autoridad y negligencia.
Grabois entiende que los pocos alimentos que ya fueron distribuidos se hizo “de forma notoriamente inapropiada” solo para “evadir la manda judicial de presentar el plan de reparto de alimentos tal como lo ordenó la justicia federal”.