“Tanto el Poder Judicial, como el Ministerio Público, tienen un área de reserva que les garantiza reglamentar y administrar todo lo concerniente a los requisitos y procedimientos de selección y nombramiento de sus recursos humanos. En la medida en que un proyecto pretenda avanzar desde el Congreso en esa reglamentación, resulta claramente inconstitucional no así si se establece como regla general dejando a cada rama de gobierno la posibilidad de reglamentar su contenido y los procedimientos a llevarse a cabo para efectivizarla”, indica.
De acuerdo al proyecto, la propuesta de Togelli busca que el concurso público se realice en los siguientes ámbitos:
- Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los organismos descentralizados, comprendiendo entre estos últimos a las instituciones de seguridad social.
- Empresas y sociedades del Estado, lo cual abarca a las empresas del Estado, las sociedades del Estado, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.
- Entes públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, lo cual abarca a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.
- Fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes o fondos del Estado nacional o de cualquiera de los entes y empresas mencionados en los precedentes incisos de este artículo.