Veto parcial
En cuanto a la posibilidad de judicializar el rechazo al veto presidencial, en la Casa Rosada argumentarían que lo sancionado por el Congreso no cumple con la normativa vigente sobre “administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional” y apelarían al artículo 38 de la ley 24.156 que establece que toda ley sancionada por el Congreso “que autorice gastos no previstos en el presupuesto general, debe especificar las fuentes de los recursos a utilizar para su financiamiento”.
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El vocero presidencial Manuel Adorni ratificó el veto a la movilidad jubilatoria pero también habló de que "todo está en análisis"
Foto: captura de video.
Otro escenario, si fracasara la judicialización sería pagar los aumentos en la ley reasignando partidas del Estado con el objetivo de no alterar el equilibrio fiscal. La gran incógnita es qué caja tocaría Milei y a quien perjudicaría.
En cuanto al veto parcial, hay versiones que indican que podría aceptarse solo el enganche de los aumentos al IPC. Otra opción podría ser dejar el beneficio de la movilidad solo para los jubilados que cobran el haber mínimo.
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