ver más
POD 5 360X280 amarillo

Inevitable: ¿Hasta cuándo la CSJN aceptará impuestos por DNU?

Javier Milei / Federico Sturzenegger / Luis Caputo extendieron el Fondo Nacional de Turismo pese a que los DNU no pueden regular tributos: ¿Qué dirá la CSJN?

Los DNU -Decretos de Necesidad y Urgencia- son las herramientas, en muchos casos inconstitucionales, de gestión de Javier Milei, quien ya cumplió 1 año como Jefe de Estado. Hasta la fecha, la CSJN (Corte Suprema de Justicia de la Nación) no ha intervenido en el tema. ¿Sucederá ese acontecimiento en 2025?

¿Cuál sería la opinión, en medio de las negociaciones entre la CSJN de 3 integrantes (Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti) y el Ejecutivo Nacional que amenaza con incorporar 2 jueces más por decreto (Ariel Lijo y Manuel García Mansilla)?

Vía el Decreto 4/2027 publicado en el Boletín Oficial el lunes 06/01, y acompañado por el canciller Gerardo Werthein; el ministro de Defensa, Luis Petri; el de Economía, Luis Caputo; la de Seguridad, Patricia Bullrich; la de Capital Humano, Sandra Pettovello; y el de Desregulación, Federico Sturzenegger, Javier Milei decidió extender por 2 años la vigencia del Fondo Nacional de Turismo, prolongándolo hasta el 31/12/2027. Entonces, se mantiene el gravámen del 7% sobre el precio de los pasajes aéreos, marítimos y fluviales al exterior.

Importante: otro revés del discurso preelectoral de Javier Milei sobre baja de impuestos. Los libertarios en el poder son, en verdad, ex libertarios.

El Fondo fue creado por la Ley Nacional de Turismo, de enero de 2005 (Néstor Kirchner / Alberto Fernández / Roberto Lavagna), para promover, regular y desarrollar la actividad turística en el país.

Los recursos que se recaudan son hoy día competencia de la Jefatura de Gabinete de Ministros (Guillermo Francos), Vicejefatura del Interior (Lisandro Catalán); Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes (Daniel Scioli, quien era el vicepresidente de Kirchner en 2005).

Constitución Nacional

Los DNU son herramientas legislativas que permiten al Ejecutivo legislar en situaciones extraordinarias, obviando al Congreso. Persiste un debate entre juristas acerca de si el Poder Ejecutivo puede emitir disposiciones de carácter legislativo.

El Legislativo puede rechazar un DNU con el voto mayoritario en cada una de las cámaras. Si sólo una de ellas lo aprueba, el decreto es válido, al igual que si no es tratado por alguna. Mientras esto ocurre, un DNU tiene vigencia.

Obtener una cantidad de legisladores propias que le permita impedir el rechazo de los DNU es el gran objetivo legislativo 2025 de Javier Milei.

Existieron casos en los que la CSJN invalidó DNUs por considerar que no había urgencia, pero son casos aislados. Además, hasta el fallo de la CSJN, el decreto sigue vigente.

Por ahora, muchos observan una indulgencia de la CSJN en esta cuestión. Otros consideran que le está concediendo tiempo de gestión a Milei mientras la CSJN dirime cuestiones de su poder doméstico.

scioli kirchner fernandez.jpg

Javier Milei prorrogó por DNU una ley de Néstor Kirchner / Daniel Scioli / Alberto Fernández (2005).

"Groseramente inconstitucional"

Ahora, un comunicado de Alejandro Rodríguez, 'Topo', director del Instituto Consenso Federal e integrante del partido Consenso Federal:

"En 2014, mediante la Ley de Presupuesto 2015, se prorrogó por 10 años la vigencia del Fondo Nacional de Turismo.

Ese Fondo recibe financiamiento por distintas vías. Una de ellas es "el 5% del precio de los pasajes aéreos y marítimos al exterior; y los fluviales al exterior, conforme lo determine la reglamentación, vendidos o emitidos en el país y los vendidos o emitidos en el exterior para residentes argentinos en viajes que se inicien en el territorio nacional".

La vigencia del Fondo venció el 05/01/2025.

Si la intención del gobierno libertario era prorrogarlo, debió haberse incluido en la nueva Ley de Presupuesto, que el Presidente Javier Milei decidió no tener por segundo año consecutivo.

O, en todo caso, enviar un proyecto de ley específico para ser aprobado en el Congreso.

En lugar de buscar una ley, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 4/2025 (publicado el 6 de enero en el Boletín Oficial) Milei y todos sus ministros prorrogaron el Fondo del Turismo hasta el 31/12/2027.

Ese DNU es groseramente inconstitucional, porque el Fondo contiene el tributo del 5% sobre el precio de los pasajes, cuando la Constitución le prohíbe al Poder Ejecutivo legislar por DNU en materia tributaria.

En efecto, Artículo 99 inc. 3 de la Constitución Nacional autoriza el uso de DNU cuando "no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos".

El régimen libertario argentino empieza este año del mismo modo que terminó el anterior: con sesgo autocrático y fisura en la institucionalidad republicana."

-------------------------

Más contenidos de Urgente24

El nuevo outlet de Buenos Aires que arrasa con ropa y zapatillas a precios muy bajos

El parque acuático de Buenos Aires que está siendo furor y tenés que conocer

La miniserie de Netflix que está enamorando a todos con solo 10 episodios

Ciencia: Descubrieron un planeta que podría albergar vida en un sistema solar "de algodón"

El parque acuático más completo a solo minutos de CABA

Temas

Más Leídas

Seguí Leyendo