Los recursos que se recaudan son hoy día competencia de la Jefatura de Gabinete de Ministros (Guillermo Francos), Vicejefatura del Interior (Lisandro Catalán); Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes (Daniel Scioli, quien era el vicepresidente de Kirchner en 2005).
Constitución Nacional
Los DNU son herramientas legislativas que permiten al Ejecutivo legislar en situaciones extraordinarias, obviando al Congreso. Persiste un debate entre juristas acerca de si el Poder Ejecutivo puede emitir disposiciones de carácter legislativo.
El Legislativo puede rechazar un DNU con el voto mayoritario en cada una de las cámaras. Si sólo una de ellas lo aprueba, el decreto es válido, al igual que si no es tratado por alguna. Mientras esto ocurre, un DNU tiene vigencia.
Obtener una cantidad de legisladores propias que le permita impedir el rechazo de los DNU es el gran objetivo legislativo 2025 de Javier Milei.
Existieron casos en los que la CSJN invalidó DNUs por considerar que no había urgencia, pero son casos aislados. Además, hasta el fallo de la CSJN, el decreto sigue vigente.
Por ahora, muchos observan una indulgencia de la CSJN en esta cuestión. Otros consideran que le está concediendo tiempo de gestión a Milei mientras la CSJN dirime cuestiones de su poder doméstico.
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Javier Milei prorrogó por DNU una ley de Néstor Kirchner / Daniel Scioli / Alberto Fernández (2005).
"Groseramente inconstitucional"
Ahora, un comunicado de Alejandro Rodríguez, 'Topo', director del Instituto Consenso Federal e integrante del partido Consenso Federal:
"En 2014, mediante la Ley de Presupuesto 2015, se prorrogó por 10 años la vigencia del Fondo Nacional de Turismo.
Ese Fondo recibe financiamiento por distintas vías. Una de ellas es "el 5% del precio de los pasajes aéreos y marítimos al exterior; y los fluviales al exterior, conforme lo determine la reglamentación, vendidos o emitidos en el país y los vendidos o emitidos en el exterior para residentes argentinos en viajes que se inicien en el territorio nacional".
La vigencia del Fondo venció el 05/01/2025.
Si la intención del gobierno libertario era prorrogarlo, debió haberse incluido en la nueva Ley de Presupuesto, que el Presidente Javier Milei decidió no tener por segundo año consecutivo.
O, en todo caso, enviar un proyecto de ley específico para ser aprobado en el Congreso.
En lugar de buscar una ley, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 4/2025 (publicado el 6 de enero en el Boletín Oficial) Milei y todos sus ministros prorrogaron el Fondo del Turismo hasta el 31/12/2027.
Ese DNU es groseramente inconstitucional, porque el Fondo contiene el tributo del 5% sobre el precio de los pasajes, cuando la Constitución le prohíbe al Poder Ejecutivo legislar por DNU en materia tributaria.
En efecto, Artículo 99 inc. 3 de la Constitución Nacional autoriza el uso de DNU cuando "no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos".
El régimen libertario argentino empieza este año del mismo modo que terminó el anterior: con sesgo autocrático y fisura en la institucionalidad republicana."
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