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Del grooming al abuso sexual: El fallo que marca un antes y un después en la justicia argentina

La Justicia de Morón dispuso 20 años de prisión a un hombre por abuso sexual digital con acceso carnal sin contacto físico.

La Justicia argentina dictó un fallo "histórico" condenando a un hombre a 20 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal, pese a no haber tenido contacto físico con la víctima, lo que marca un antes y un después en la jurisprudencia. Sobre ese marco, el abogado penalista, Gabriel Roldán, dialogó con Urgente24.

La sentencia fue dictada el 22 de abril de 2026 por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 de Morón y ya es considerada un precedente en materia de grooming y violencia sexual digital.

Este fallo introduce la noción de vulneración de la integridad sexual mediada por tecnología. El tribunal argumenta que la esfera íntima de una persona no es solo su cuerpo físico, sino también su autonomía y libertad sexual. Al forzar a una víctima a realizar actos sexuales frente a una cámara bajo coerción, el victimario "ingresa" y violenta esa esfera de la misma forma que si estuviera presente.

Abuso sexual sin contacto físico

La investigación, liderada por el fiscal Claudio Oviedo, reveló que el calvario de la menor comenzó en enero de 2020.

Según se determinó en la causa, una niña de la provincia de Buenos Aires fue sometida entre los 12 y los 15 años a un régimen sostenido de violencia sexual a través de redes sociales, chats, plataformas y videollamadas. El agresor, Orlando Tristán Novillo, manipuló emocionalmente a la menor, ganó su confianza, la extorsionó y la sometió sin haber compartido nunca con ella un espacio físico. Esta persona ya tenía antecedentes similares.

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Orlando Novillo, el agresor.

La causa llegó a juicio luego de una investigación que se inició por la denuncia de los padres de la niña (en febrero de 2023), quienes advirtieron que su hija era víctima de grooming con fines sexuales y económicos por parte de un usuario falso de Instagram, administrado por una persona detenida en una cárcel (y acá repercute el uso de los celulares en la prisión).

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Esto tuvo lugar a partir del testimonio de la profesora de danza de la adolescente que encendió las alarmas debido a que, tan envuelta en la manipulación, le llegó a pedir dinero a la docente debido a que "un hombre la amenazaba" extorsionándola en que iba a difundir sus imágenes íntimas.

Durante el debate oral, el Ministerio Público Fiscal demostró que el imputado captó a la menor de edad por redes sociales mediante el uso de un pretexto de campaña de modelaje, donde el agresor generó una falsa confianza pidiéndole fotografías en ropa interior. Posteriormente, fue que la manipulación incorporó las exigencias económicas donde Novillo le pedía datos de las tarjetas de crédito y débito de sus padres.

A raíz de ello, el Tribunal en lo Criminal N° 4 de Morón tuvo por acreditados los hechos, los encuadró como abuso sexual con acceso carnal agravado, en concurso con otros delitos (como producción y tenencia de material sexual infantil y corrupción de menores) y condenó al imputado a la pena de 20 años de prisión.

Fallo histórico en Morón: La palabra del abogado, Gabriel Roldán

En declaraciones a este medio, Roldán, defensor que conoce la causa, explicó porqué se trata de un fallo tan relevante: "Se considera histórico por lo que es el acceso carnal sin contacto físico". En ese sentido, indicó que hubo "un daño real, psicológico, con pruebas".

Sobre la condena, el defensor fue contundente plateando una crítica puntual al fallo:

"En el caso puntual estoy de acuerdo pese a que el fallo no está bien descrito". "En el caso puntual estoy de acuerdo pese a que el fallo no está bien descrito".

En relación a los 20 años que recibió Novillo sostuvo: "No creo que las penas sean saludables o que solucionen algo, pero por el contexto no me parece mal, es correcta".

Como cierre, Roldán fue consultado acerca de cuál cree que es la mejor manera para revertir una situación que actualmente sigue repercutiendo y/o generando cada vez más ruido. "Como herramienta, hacer campaña más fuerte", subrayó, pese a que reconoció que "prohibirle a los chicos que no tengan tecnología no estás enseñando".

El fallo de Morón no solo condena a un individuo; condena una metodología. Establece que el monitor no es una barrera que protege al delincuente, sino simplemente una herramienta distinta para cometer el mismo nivel de atrocidad. Es un mensaje claro: en el derecho moderno, la integridad sexual se protege de forma integral, sea en el plano físico o en el virtual.

Grooming en Argentina

La ausencia de datos consolidados y comparables entre jurisdicciones, sumada al avance de nuevas modalidades de captación en internet, configura un escenario que preocupa a organizaciones que trabajan en la prevención de la explotación sexual digital de niños, niñas y adolescentes.

"Argentina carece de datos concretos respecto de casuística por jurisdicciones", señaló Hernán Navarro, director de la organización Grooming Argentina, al analizar la situación actual del delito en el país.

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