Esto significa que en trenes y colectivos interjurisdiccionales, la normativa de usar barbijo seguirá siendo obligatoria. Es por este motivo que la medida del Gobierno de la Ciudad sería solamente aplicable para el subte.
Respecto al uso de barbijo, ventilación y desinfección, la CNRT lanzó un comunicado recordando los requisitos "para seguir cuidándonos en el transporte público de jurisdicción nacional como colectivos, micros y trenes".
En la misma, se especificó el uso obligatorio de tapabocas: "barbijo, ventilación y desinfección son condiciones fundamentales a tener en cuenta y controlados para seguir cuidando de cada pasajero y pasajera". Estos parámetros fueron definidos en conjunto por el Comité de Crisis para el COVID-19 y el Ministerio de Salud de la Nación para disminuir los riesgos de contagio.
Líneas de colectivos en que no es obligatorio el barbijo
De las 135 líneas de colectivos de circulan por CABA, 103 son interjurisdiccionales. En ellas, según el comunicado de la CNRT, seguirá rigiendo el protocolo de barbijo obligatorio.
Las 32 líneas restantes que podrán acatar la norma de no obligatoriedad son las siguientes: 4, 5, 6, 7, 12, 23, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107, 108, 109, 115, 118, 132 y 151.
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