La resolución 56/2018 de la ANSeS ordena que para realizar los cálculos del nivel inicial de las jubilaciones con altas anteriores al 01/08 de 2016, las remuneraciones deben actualizarse con el índice combinado aprobado por la Resolución de la Secretaría de Seguridad Social n° 6/2016, que fija el índice RIPTE desde el 01/04 de 1995 hasta el 30/06 de 2008.
La Corte Suprema, por mayoría, declaró de oficio la inconstitucionalidad de ambas resoluciones −56/2018 ANSeS y 1/2018 SSS− bajo el argumento de que, con su publicación, ambos organismos avanzaron sobre facultades que le corresponden exclusivamente al Poder Legislativo.
En su voto conjunto, los jueces Lorenzetti, Maqueda y Rosatti señalaron que la intervención indebida del Poder Ejecutivo al dictar y ratificar la Resolución N° 56/2018 sin tener la potestad constitucional para hacerlo, contradice el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, y transgrede la regla básica republicana según la cual "cada poder del Estado Federal debe actuar dentro de su ámbito de competencia, siendo respetuoso del ejercicio que los otros pudieran hacer de los poderes que la Constitución les atribuye".
Highton consideró que tanto la resolución de ANSeS N° 56/2018, como la de la secretaría de Seguridad Social N°1/2018, habían sido dictadas por dichos organismos sin tener la competencia para hacerlo, y por ello les cabía la sanción de nulidad absoluta establecida en el art. 99, inciso 3 de la Constitución Nacional.
En disidencia, Rozenkrantz consideró que la atribución de fijar el índice de actualización no es privativa del Poder Legislativo y que podía ejercerla el Poder Ejecutivo a través de la ANSeS y la Secretaría de Seguridad Social.
El Gobierno, en tanto, "presume" que el fallo de la Corte Suprema será "acotado a un caso individual" y no tendrá "impacto fiscal para los próximos años".
Así lo transmitió el lunes el ministro de Producción y Trabajo, Dante Sica.
"Estamos esperando el fallo. Tenemos la presunción de que es un fallo acotado que no debería tener un impacto fiscal en las arcas durante este y los próximos año", respondió el ministro al ser consultado sobre la cuestión durante una conferencia de prensa tras la reunión de Gabinete.
Consultado por otro periodista sobre la posibilidad de que los jubilados que renunciaron a litigar contra el Estado para aceptar la Reparación Histórica inicien nuevos juicios, Sica respondió en el mismo sentido .
"Pensamos que se acota a un caso individual que no cambiaría las condiciones que estamos manejamos, ni impactaría sobre las previsiones que tenemos sobre el equilibrio presupuestado para los próximos años", dijo Sica.