Tanto Horacio Castagnolo como Jaime Mecikovsky y Carlos Bo están o estuvieron en plena investigación de acontecimientos que involucran al primo del Presidente, Calcaterra; y la ex empresa de la familia Macri, Iecsa, así como también sobre el soterramiento del Ferrocarril Sarmiento, que involucró a la constructora Odebrecht, y que resultó en contra de los intereses de los mencionados.
Ahora bien, la diputada republicana pareciera quedar envuelta en un eventual procesamiento por el delito federal de “violación de secreto” junto a sus 3 colaboradores removidos, en un acontecimiento que convenció a la legisladora fundacional de la alianza Cambiemos provino de parte de quienes querrían aliviar la situación judicial de Calcaterra y su familia.
¿Quién es funcional a quién?
En la Justicia pasa de todo. Por ejemplo, en el Juzgado Federal Criminal y Correcional N°3 (juez Daniel Rafecas), sede del expediente N° 3.386/2016, caratulado "Mecikovsky, Jaime y otros s/violación de secretos", resulta que Mecikovsky negó tener algún trato con Carrio, pero él si reconoció contactos con la abogada de la diputada, Silvina Martinez.
La Sala II del fuero, en ese entonces integrada por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah encomendó investigar la eventual participación de autoridades de Afip en la violación de secreto, investigada por el Juzgado Federal Criminal y Correccional N° 3. (Rafecas)
Según la hipótesis de la denuncia (promovida por la Fiscalía y corroborada preliminarmente) “la investigación de la Afip se dirigiría contra la diputada nacional Elisa Carrió, líder de una agrupación política que, para esa época, competía en un proceso electoral nacional de medio término” (PASO) y con ese objeto “se utilizó información amparada por el secreto fiscal con fines espurios ajenos a la misión del organismo recaudador."
Los jueces concluyeron que las pruebas probaban la imputación, de modo suficiente, pero encomendaron al juez Rafecas dirigir la investigación para determinar la eventual participación de autoridades superiores de la Afip en la época de los hechos, pues las versiones recogidas creaban la sospecha de que las directivas para la operación surgieron de tales estratos.
En concreto, dijeron: "(...) Con todo, hay indicios variados y unívocos que describen un contexto previo (por el proceder interno), concomitante por la particular forma en que se accionó y, posterior, por la inmediata filtración de datos secretos que otorgan aval suficiente a la hipótesis en orden a la cual fue indagado German Bravo, cuya intervención ha quedado a priori establecida, más allá del grado que, a la postre, quepa asignarle a aquella (art. 306, CPPN).
Ello conduce a tener por desvirtuado su descargo. Por un lado, respecto de sus alegaciones sobre las atribuciones que tenía, se ha dicho varias veces que el uso incorrecto, arbitrario o improcedente de una facultad jurídica también configura la acción descripta por el tipo penal, que se concreta cuando el funcionario hace algo que la ley como principio abstracto le permite hacer, simulando que se encuentran dadas las condiciones para actuar de tal manera. Por otra parte, a juicio del Tribunal, es necesario establecer si hubo otros funcionarios de mayor rango dentro de la Administración Federal de Ingresos Públicos que tomaran parte en las maniobras descriptas. (...)".
Procesamiento de German Bravo
Ahora bien, entre las decenas de causas que están investigando a los funcionarios de Afip por “violación de secreto”, la misma Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, con la firma de los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, en la causa CFP 12474/2017/68/CA10 “Rodríguez, Leandro s/ nulidad” (del Juzgado Federal N° 6 Dr. Rodolfo Canicoba Corral) rechazó el planteo de nulidad de toda la instrucción que recibió de la defensa de Leandro Rodríguez.
Se trata del proceso por la existencia de una asociación ilícita que filtraba indebidamente datos fiscales secretos de las personas obrantes en las bases de datos de la Afip (iniciado por la revelación de datos de allegados al Presidente de la Nación que se presentaron en el marco del régimen de blanqueo de capitales). En esta causa están con prisión preventiva Sebastián Karamanian, Martín Del Cuadro, Alejandro Adduci, Leandro Rodríguez y Daniel Courmanian.
La defensa alegó que todas las pruebas obtenidas de las computadoras de los investigados en la Afip en el marco de una auditoria interna del organismo fueron ilegítimamente obtenidas por no mediar orden judicial. La Sala II rechazo en su momento y en abril de este año ratifica la prisión preventiva dispuesta por el juez Canicoba Corral de los nombrados.
La empresa de Rodríguez "manipulaba información fiscal secreta".
La diputada Carrio también fue mencionada en estas actuaciones.
Nulidad a Leandro Rodríguez
En otra instancia, el Tribunal Oral Federal N° 4 de la Capital citaron a Ricardo Echegaray, Horacio Curien y Pedro Roveda (entonces subdirector general de Fiscalización de la Afip y subdirector General de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos del organismo, respectivamente) el 10/05/2018 para fijar fecha del juicio oral en el marco que investigo el juez Claudio Bonadio y donde el T.O.F. 4 rechazó la recusación de Bonadio y lo confirmó en las tantas causas por “Violacion de Secreto” de los funcionarios de Afip y... adivine quién está involucrada, la diputada Elisa Carrio.
El TOF 4 rechaza la recusación de Bonadío y cita a Echegaray
Así, Horacio Castagnola, Carlos Bo y Jaime Mecikovsky, 3 de los seis “removidos” de Afip, y sospechados de funcionales a Carrio, tendrán que dar cuentas en tribunales.
En cuanto a Carrio, a quienes algunos llaman (y ella convalida) “la Fiscal de la Republica” y que denuncia a quien se le cruza en su camino, le tocó el turno a ella ser investigada.
De todas maneras, y a modo de conclusión personal, tanto las investigaciones al primo del Presidente de la Nacióncomo al Grupo Iecsa (hoy en control de Marcelo Mindlin/Pampa Holding) como asi también, la divulgación de Secreto Fiscal (“delito de violación de secreto”) por parte de altos mandos de la ventanilla de Hacienda provoca más alarma acerca de la ética y la transparencia de la conducción política argentina.