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El escrito del juez Postma.
Por esa razón, Vicentin protestó la medida y debido a eso, este miércoles se realizó una audiencia para tratar la temática. "La Justicia penal no puede afectar el trámite de un proceso concursal ni puede imponer medidas que afecten o que impongan condiciones sobre la resoluciones que se establezcan dentro de dicho trámite", determinó Lanzón.
En ese sentido, en la resolución, Lanzón tildó como "defectuosa" la intervención del juez Postma y y la pondrá en conocimiento de la Corte Suprema de Santa Fe.
¿Cómo sigue?
Siguiendo con la línea anterior y luego de detallar que "Sin que corresponda a este colegio de jueces y juezas de primera instancia de Rosario evaluar el temperamento a seguir en lo tocante al tratamiento, análisis y homologación de la propuesta concursal de la empresa", se le recordó a Lorenzini que "Las medidas cautelares oportunamente dispuestas en sede penal se encuentran vigentes".
Además, señaló que si bien el aviso de Postma no puede estar dirigida a Lorenzini, las notificaciones del mismo tener que fueron dirigidas a los accionistas y directivos de Vicentin, instando a no avanzar con la propuesta no merecieron objeción.
Es por eso que, tanto Lanzón al informar el resultado de la audiencia como Lorenzini al recibir el comunicado, resolvieron comunicar a la Corte Suprema en busca de que el máximo tribunal pueda solucionar la situación que, de manera casi permanente, provoca choque de fueros.
Vicentin tiene dos frentes abiertos en la justicia, en el ámbito civil un concurso preventivo que se abrió en febrero del 2020 y en el fuero penal una investigación a doce directivos y tres síndicos por defraudaciones y estafas, maniobras con balances y asociación ilícita, a los síndicos se los imputó por encubrimiento.
La decisión de Lanzón
Lo que determinó el juez Lanzón fue la desautorización de la medida interpuesta por Postma estableciendo que:
* La Justicia penal no puede afectar el trámite de un proceso concursal ni imponer medidas que perjudiquen o impongan condiciones sobre las resoluciones que se establezcan dentro de dicho trámite.
* Que el accionar "irregular e ilegal" del Juez Postma en el transcurso del procedimiento de emisión del referido decreto del 31 de julio, será investigado, al mismo tiempo que comentó que "En Rosario no se pueden elegir los jueces a gusto del peticionante", sino que existe un trámite procesal de designación de jueces que debe ser respetado.
* Cómo último punto dejó en claro que el Juez Lorenzini tiene potestad para continuar con el proceso Concursal y tomar las determinaciones que considere o crea apropiadas en el marco del trámite.
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